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29/03/2024. 13:40:21

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Jubilación no contributiva: el certificado de empadronamiento es válido para acreditar el requisito de residencia

Roberto Alonso Gómez
Área Fiscal y Social. Departamento de Desarrollo y Soluciones de Contenidos – Legal & T&A

STS 806/2018 de 25 julio, rcud. 3335/2016 (JUR 2018, 263440) Incluye la sentencia

jubilados en monedas

La demandante solicitó la jubilación no contributiva, pero el Departamento de Bienestar Social y Familia de la Generalitat de Catalunya le denegó su petición por no quedar acreditado el requisito de residencia "efectiva" mediante los correspondientes certificados de empadronamiento.

Aunque la norma parece clara, tanto en instancia como en suplicación se dio la razón a la administración, restando valor probatorio a los certificados de empadronamiento, ya que existían "contradicciones respecto a su residencia" en algunos periodos, y en otros "se le dio de baja por no renovación".

No piensa lo mismo la Sala de lo social del Tribunal Supremo que, tras analizar la normativa legal, entiende que son claros los artículos 10 y 23 del RD 375/1991, de 15 de marzo, que desarrolla las prestaciones no contributivas, así como el artículo 16.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, por lo que, confirma en unificación de doctrina (STS de 25 de julio) que el requisito de residencia legal queda acreditado mediante los certificados de empadronamiento.

La sala IV ya se había pronunciado sobre el concepto de residencia en el caso de las prestaciones por desempleo (STS de 30 de octubre de 2012 y STS de 3 de junio de 2014), señalando que el concepto jurídico de residencia es distinto en las diferentes ramas legislativas del ordenamiento, pero existe una nota común en todos ellos: que la residencia implica asentamiento físico en un mismo lugar, y por un tiempo mínimo (superior a los 15 días), aunque no reúna las características de domicilio, o de residencia habitual. Entiende el Supremo que establecer los límites entre residencia y estancia es tarea del legislador, pero eso es algo que no ha hecho.

Acceda a la sentencia

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