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18/04/2024. 06:27:51

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Las cinco causas más comunes del despido disciplinario

En España, el empresario puede poner fin a su relación laboral con el trabajador a través del despido colectivo, del despido objetivo y del despido disciplinario. De los tres el único que se vincula exclusivamente con el comportamiento del empleado es el disciplinario.

Despido

Como con cualquier otro despido, tiene que haber un motivo que justifique la finalización de la relación laboral entre el empresario y el trabajador. Estas razones se encuentran en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores y son las siguientes:

    1. Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo. Es necesario un indicador que permita establecer que se producen este tipo de faltas.

    2. Indisciplina o desobediencia en el trabajo. El empleado tiene que cumplir las órdenes e instrucciones que el empresario le ordena. Afirmar que un trabajador ha sido desobediente no es fácil. 

    3. Ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos. En el caso de las ofensas verbales, estas incluyen tantos las escritas como las orales. En las ofensas físicas hay que tener en cuenta su gravedad y la intención del trabajador.

    4. Transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo. Aunque no existe una definición precisa de lo que es la buena fe, se entiende que el trabajador debe comportarse atendiendo a los principios de honestidad, honorabilidad, honradez y lealtad mientras se encuentre vigente su relación laboral con el empresario.

    5. Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado. Como consecuencia de su trabajo, el empleado tiene que proporcionarle al empresario rentabilidad. Si el trabajador no cumple con un determinado rendimiento se puede considerar una causa de despido disciplinario.

    6. Embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo. Para que la embriaguez y la toxicomanía justifiquen un despido, el empleado debe ser reincidente en cualquiera de estas dos conductas. Además, es necesario demostrar que ambas afectan al desarrollo normal del trabajo. 

    7. Acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o las personas que trabajan en la empresa. El acoso moral se produce cuando hay violencia psicológica de forma sistemática y durante un periodo de tiempo con el objetivo de destruir la reputación física de una persona. El acoso sexual es un comportamiento de carácter libidinoso que se caracteriza por el hostigamiento, generando un ambiente laboral desagradable.

Esta lista se puede ampliar con las faltas que se contemplan en los convenios colectivos. En esos casos, se enumeran de forma específica las razones que pueden llevar a contemplar el despido disciplinario del empleado. Sin embargo, cada caso es un mundo. Por eso, la mejor solución pasa por dejarse asesorar por abogados laboralistas en Madrid. Un tipo de despido defendido por el empresario puede convertirse en improcedente con el profesional adecuado. Lo mismo en el caso de un empresario que realmente necesita despedir a alguien porque no cumple con lo que se firmó en el contrato. Solo un experto legal te garantizará el mejor razonamiento legal y te dará mayores probabilidades de ganar tu causa.

El derecho a paro con despido disciplinario

Otra de las cuestiones laborales que más dudas suscitan, sobre todo en lo relativo al despido por faltas de disciplina reside en si se puede o no acceder a la prestación por desempleo. Es cierto que sí hay derecho a paro con despido disciplinario, aunque se piense de manera generalizada todo lo contrario. Eso sí, el trabajador debe contar con los requisitos necesarios para cobrarlo y no debe tratarse de una baja voluntaria. La Seguridad Social vigila de cerca, y con lupa, estos casos para evitar y perseguir el fraude laboral.

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