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28/03/2024. 09:44:54

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Una reforma laboral infrautilizada

Las numerosas y profundas modificaciones introducidas por la reforma laboral ofrecen muchas alternativas al despido.

Un muñequito con maletín rodedado de flechas

Tras el aniversario del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, confirmada con algunas modificaciones por Ley 3/2012, de 6 de julio, se han producido numerosos análisis de la polémica reforma laboral y sus efectos en la destrucción de empleo, y no es para menos.

El aspecto más controvertido, y el que más ha trascendido, es el abaratamiento del despido. Sin embargo, en la misma norma también se han introducido otros cambios de gran calado en el ámbito de las relaciones laborales, que si bien son más laxos en sus requerimientos y facilitan su adopción por el empresario, también son alternativas al despido, y que sin embargo los asesores en relaciones laborales no han sabido transmitir al empresario.

La reforma laboral acota las causas para adoptar medidas frente a los trabajadores, en algunos casos demasiado condescendientes con el empresario, pero no solo para despedir, sino también para adoptar otras medidas que permiten a la vez mantener el empleo y superar la situación de crisis empresarial (en algunos casos pequeños baches en el camino, más que verdaderas situaciones que pongan en peligro la viabilidad de la empresa).

La nueva definición de las causas que introduce la reforma laboral supone una limitación a la valoración jurisdiccional de la situación de la empresa, que se convierte en taxativa y por tanto una vez demostrada la existencia de la causa objetivada, y si se cumplen el resto de requisitos, la medida deberá considerarse procedente o ajustada a Derecho.

Sin embargo, la eliminación de la autorización administrativa en los Expedientes de Regulación de Empleo, y la mayor facilidad para el empresario de cumplir los requisitos de las causas objetivas, especialmente las causas económicas, han provocado un aumento de los Expedientes de Regulación de Empleo que finalizan sin acuerdo y que no consiguen después el respaldo judicial.

Por esta razón, se vuelve fundamental que la regulación de las relaciones laborales en la empresa finalice con acuerdo, lo cual es en el fondo el espíritu de la norma, y más importante aún que las medidas que proponga el empresario se alejen de los despidos y se centren en cualquiera de los otros aspectos modificados por la reforma laboral y que permiten una mayor flexibilización en la organización empresarial de los recursos, siempre dando prioridad al mantenimiento del empleo, pues no debemos olvidar que los despidos, además de ser el mecanismo más gravoso para el trabajador, también es el más caro para el empresario, y también para el estado, que endurece por momentos las condiciones para las empresas con beneficios que realizan despidos.

Ya el Real Decreto 1484/2012, de 29 de octubre, aprobó la obligatoriedad de realizar una aportación al Tesoro Público en las empresas con beneficios que realizan Despidos Colectivos. Hace unos días, el Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, ha dado un paso más, considerando que los beneficios no tienen porqué darse en el ejercicio en que se realiza el Despido Colectivo sino que pueden darse a posteriori, introduciendo un nuevo supuesto de aportación en función del porcentaje de mayores de 50 años afectados, y endureciendo las condiciones para el acceso a la jubilación anticipada, dejando las prejubilaciones en un segundo plano en la negociación del Despido Colectivo.

La Reforma Laboral facilita la adopción de medidas como la reducción o suspensión de jornada, la modificación sustancial de las condiciones laborales, tanto de los trabajadores a título individual como las establecidas en convenio colectivo, y sobre todo, da prioridad en lo que respecta a los elementos esenciales de la relación laboral a los convenios de empresa sobre el convenio sectorial. Todas estas medidas son en última instancia perjudiciales para el trabajador, pero siempre lo serán menos que el despido, y pueden cumplir perfectamente la doble función de superar la crisis empresarial manteniendo el empleo.

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