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28/03/2024. 15:42:14

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Impacto del rechazo de acta por el Parlamento Europeo

Socia en Arochi, Marroquín & Lindner-Barcelona

Tras múltiples debates en el seno de distintos grupos parlamentarios, y presiones de lobbies, grupos de interés y asociaciones de consumidores, el Acuerdo Comercial de Lucha contra la Falsificación (ACTA, por sus siglas en inglés) fue rechazado en el Parlamento Europeo por una mayoría abrumadora el pasado 5 de julio.

Parlamento Europeo

Hay quienes alegan que este rechazo podría arrojar dudas sobre la supervivencia de ACTA en el resto del mundo.  Aunque ACTA ya fue firmado por otros nueve países; -Australia, Canadá, Japón, Corea del Sur, Marruecos, Nueva Zelanda, Singapur, Estados Unidos, y, más recientemente, México- el acuerdo no ha sido ratificado por ninguno de éstos todavía.

En esa misma situación se encontraba la Unión Europea y sus estados miembros, que ya habían firmado ACTA en enero de este año. Sin embargo, tras un intenso debate, el Parlamento Europeo decidió no ratificar el acuerdo e imposibilitar la ratificación por ninguno de sus estados miembros.

Lo mismo puede ocurrir con los referidos nueve restantes países signatarios de ACTA, no existiendo ya garantía alguna de que continúen con el proceso de ratificación. Cabe destacar que de esos nueve países, se requiere al menos que seis lo ratifiquen.

El objetivo de ACTA es combatir de manera eficiente la infracción de los derechos de propiedad intelectual, adoptando medidas más rigurosas de las que se encuentran actualmente en las legislaciones nacionales y en la normativa de la UE. Una de las novedades que ACTA pretende introducir es el incremento de la obligación de control de contenidos a los proveedores de servicios de internet y, en consecuencia, aumentar su responsabilidad. Los partidarios de ACTA argumentan que, al obligar a los proveedores a ejercer más control sobre el contenido, el resultado lógico será la disminución de la venta de productos falsificados y, por ende, los titulares gozarán de mayor protección a sus derechos de propiedad intelectual, con el consiguiente efecto positivo en su negocio y, en general, en el mercado.

Por su parte, los detractores de ACTA afirman que el incremento de control que se requiere ejerzan los proveedores de servicios de internet conllevaría inevitablemente una vulneración de los derechos fundamentales del usuario. Aseguran que sería difícil implementar las disposiciones establecidas en ACTA sin infringir los derechos fundamentales reconocidos en las leyes de los estados miembros y en la normativa comunitaria.

Otros factores fueron relevantes el rechazo de ACTA por parte de la UE.  Muchos de sus opositores afirmaron que el Acuerdo establecía una definición demasiado extensa de falsificación. Otros temían que la criminalización de la violación de derechos de autor se extendiera a individuos que ejercieran un uso privado. El método para el cálculo de daños fue también un punto controvertido, así como el riesgo de una pérdida de derechos a la privacidad de los usuarios.

Resultará interesante observar cuál será el impacto que este rechazo tendrá sobre el futuro tanto de la legislación de propiedad intelectual como de la opinión pública en la Unión Europea.  Actualmente, se encuentra en proceso de redacción una revisión de la Directiva Europea para el Respeto a los Derechos de Propiedad Intelectual (IPRED, Directiva 2004/48/EC), cuya publicación se espera en septiembre.

El objetivo de la IPRED es actualizar la actual normativa, tomando en cuenta los nuevos retos que plantea internet y modernizar las actuales herramientas legales de protección de los derechos de propiedad intelectual. Además, se pretenden incluir aclaraciones y concreciones de ciertas disposiciones que resultaban confusas, en particular aquellas relativas al ámbito de la Directiva, el  rol de los intermediarios, el alcance de los mandamientos judiciales, el derecho a la información, el cálculo de daños y perjuicios y medidas correctivas, a fin de unificar las correspondientes leyes de los Estados Miembros y su aplicación por los juzgados y tribunales de cada estado.

Resta por ver si la UE ha aprendido de las dificultades que surgieron en torno a ACTA y de las críticas que motivaron finalmente su rechazo, y si puede de esta manera culminar el proceso de redacción y aprobación de una directiva revisada que suponga un verdadero avance respecto de la situación actualLa IPRED necesitará encontrar un balance entre la adecuada protección a los derechos de propiedad intelectual y el compromiso por el respeto a la privacidad de los consumidores y sus libertades civiles.

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