LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

25/04/2024. 04:11:46

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Sobre la tarjeta de discapacidad europea

abogado, doctor en derecho

En la Unión Europea se está poniendo en marcha un sistema de reconocimiento mutuo de la situación de discapacidad, para facilitar que las personas con discapacidad viajen y se les reconozcan derechos en países de visita, principalmente en los ámbitos de la cultura, el ocio, el deporte y el transporte. En España todavía no hemos puesto en marcha este sistema a nivel interno, por lo que sería conveniente desarrollar una tarjeta estatal, para promover los derechos de las personas con discapacidad y poder adherirnos al proyecto europeo.

Tarjeta Europea de discapacidad

Recientemente se ha puesto en marcha un programa piloto que pretende realizar un reconocimiento mutuo de la situación de persona con discapacidad, para quienes viajen entre los estados miembros de la Unión Europea. Se quiere facilitar que las personas con discapacidad viajen con dicha tarjeta y les sean aplicables determinadas ventajas asociadas por medio de la que denominan Tarjeta Europea de Discapacidad, a la que por ahora se han adherido, como programa piloto, ocho países: Chipre, Estonia, Finlandia, Italia, Malta, Eslovenia, Bélgica y Rumanía.

España todavía no se ha adherido a dicho sistema europeo, por mucho motivos, pero quizá uno de los más importantes es que nuestro país no tiene todavía una tarjeta de discapacidad a nivel estatal, también porque aquellas tarjetas que expiden algunas Comunidades Autónomas, tienen regulaciones y beneficiarios diferentes, por lo que no habiendo homogeneidad interna es difícil pretender acceder a un reconocimiento con otros países.

En la actualidad no todas las Comunidades Autónomas tienen tarjeta acreditativa de discapacidad, y en aquellas que la tienen la regulación es distinta, y también lo son los derechos que se otorgan y sus beneficiarios. Las tarjetas en un principio pretendían sustituir el certificado en papel, para tener un formato más cómodo que se pueda llevar como un documento identificativo.

Es necesario recordar que el Tribunal Supremo en noviembre de 2018, por medio de tres sentencias del Pleno, volvió a determinar, como ya lo había hecho en 2006 y 2007, que la situación de discapacidad no es asimilable a la incapacidad laboral y que por lo tanto la asimilación de la LGDPD era nula.

En muchas Comunidades dicha asimilación ya ha sido eliminada en consonancia con lo establecido por el Alto Tribunal, determinando que los requisitos para ser titular de sus tarjetas son Residir en la comunidad autónoma y tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% por cualquiera de los Centros Base ubicados en el territorio de su Región. Pero otras legislaciones autonómicas no se han actualizado y las páginas web del algunas Comunidades Autónomas continúan afirmando que por medio de la exhibición de la Resolución acreditativa de la Incapacidad Permanente se podrá tener derecho a dicha tarjeta.

Uno de los casos más llamativos, y recientes, es la Orden 4/2019 de 23 julio de 2019, de la Comunidad Valenciana, que en contra de la jurisprudencia citada, determina que para ser titular de la tarjeta de discapacidad de esta Comunidad, sí se asimilarán las situaciones de discapacidad e incapacidad laboral y aquellas personas que cobran prestaciones por incapacidad permanente tendrán los mismos derechos que quienes tiene al menos un 33% de grado de discapacidad, de forma distinta de la norma general estatal.

El Gobierno Valenciano, con dicha orden pretende generar derechos adicionales para un colectivo, lo cual es loable, pero su actuación legislativa genera al menos tres problemas evidentes: 1) distorsión de derechos en función de la Comunidad Autónoma en la que se resida, 2) confusión en la percepción del derecho por los ciudadanos, que deben entender que si bien a nivel estatal no están asimilados las situaciones, sí lo están en esta Comunidad para algunas materias y 3) genera la contradicción de que si dichas tarjetas pretendían sustituir al certificado de discapacidad en formato papel, estas no lo hacen porque equiparan situaciones que no son iguales legalmente y que el certificado no asimila.

La Tarjeta Europea de Discapacidad pretende garantizar la igualdad de acceso a las prestaciones fuera de su propio país, principalmente en los ámbitos de la cultura, el ocio, el deporte y el transporte. Dicha situación debería estar ya en marcha en España, deberíamos tener una tarjeta estatal, o al menos todas las Comunidades Autónomas deberían tener una, igualando homogeneizar derechos y beneficiarios para que exista un reconocimiento recíproco que promueva de forma efectiva y en todo el territorio nacional los derechos de las personas con discapacidad.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.