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16/04/2024. 20:12:22

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Deontología de la inteligencia artificial para los abogados europeos

Expresidente del Consejo de la Abogacía Europea (CCBE). Decano emérito del I. Colegio de Abogados de Málaga.

El Consejo de la Abogacía Europea estudia y aprueba las bases de la aplicación de la Inteligencia Artificial en el ejercicio profesional de los abogados de la UE.

1.- INTRODUCCION. La Unión Europea  viene aplicando en el ámbito jurídico de forma creciente la llamada inteligencia artificial (en adelante, IA), regulando los problemas éticos que pueden derivarse del uso incontrolado de los algoritmos, habida cuenta que su aplicación tiene repercusión directa sobre los derechos más esenciales de los ciudadanos de la UE.

2.- Regulación en la Abogacía Europea. La CCBE, organización integrada por los 45 Consejos Nacionales de las Abogacías de la Unión  Europea y del Espacio Económico Europeo, dispone de unas consolidadas normas éticas que regulan las relaciones de los abogados en su ámbito de actuación en todo el espacio europeo.

Su reconocido código Deontológico nada recoge sobre el uso y aplicación de la IA. Por ello se ha abordado directamente la regulación de la IA en el ejercicio de la Abogacía en el documento  titulado “Consideraciones de CCBE sobre los aspectos legales de la Inteligencia Artificial”, aprobado justo antes del despliegue de la pandemia del coronavirus Covid-19, el 20 de febrero del presente año 2020.

3.- Aspectos éticos de la utilización de la IA. El documento constata que es necesaria una reflexión sobre los principios éticos que deben regir su utilización, y verificar si la actual regulación deontológica es o no suficiente. Pues aunque CCBE ha emitido sendas directrices sobre el uso de las comunicaciones electrónicas, la utilización de la nube por los abogados, y el  uso de las plataformas jurídicas en línea, no parecen suficientes.

Los principios deontológicos que estas consideraciones de CCBE estima esenciales son la observancia del deber de competencia profesional, la obligación de informar al cliente preservando la independencia profesional, tanto en la defensa como en el asesoramiento jurídico, la obligación de guardar el secreto profesional y la de proteger los datos e información de los clientes.

Sobre la competencia profesional aclara que, además de la genérica obligación de estar al día sobre la legislación y la jurisprudencia, el abogado debe conocer y utilizar en lo posible las distintas herramientas que le permitan dar más adecuada respuesta a los clientes, citando al efecto el uso de la IA, cuya utilización deben conocer no para descifrar los algoritmos, que es campo reservado a los ingenieros y programadores, sino para sopesar los riesgos y ventajas que pueden aportar a cada expediente concreto.

Es decir, que el abogado no solo ha de utilizar programas fiables, sino que ha de poder comprender las informaciones sobre los elementos básicos del programa informático; programa que debe responder a los requisitos básicos establecidos en la Carta Ética Europea elaborada por el Consejo de Europa. Y sobre todo, conocer las limitaciones del programa.

No basta con aceptar los resultados emitidos por la IA, sino que el abogado ha de contrastarlos con sus propios conocimientos; Lo que implica la asunción de la responsabilidad derivada de los resultados y  de las opiniones que emita a partir de los datos obtenidos por la IA, pues los algoritmos de la IA no son infalibles.

Sobre el secreto profesional, recuerda que su observancia no solo constituye una obligación para el abogado, sino un derecho fundamental del cliente; razón por la que en ciertos casos no puede utilizarse la IA. Obligación de proteger y conservar los datos del cliente reforzada por la Legislación sobre Protección de Datos, tanto europea como de los distintos Estados nacionales, por lo que el abogado debe observar la mayor diligencia en evitar la pérdida o divulgación de los datos del cliente, incluso si ocurriera de forma involuntaria.

El uso de la IA comporta obligaciones más estrictas sobre los nuevos modos de recopilación, utilización y conservación de los datos de los clientes, así como en su interconexión con los datos de terceros. Si el abogado elige guardar los datos de los clientes en la nube, debe siempre depositar los más sensibles únicamente en su despacho y en soporte de papel.

El abogado necesita obtener el consentimiento informado y explícito del cliente para utilizar y procesar sus datos, especialmente los sensibles, al implementar el programa de IA. Debe poder justificar al cliente que ha elegido programas que responden al principio de protección de datos. Asimismo debe poder informar al cliente de cualquier extremo relevante, como por ejemplo, la imposibilidad de borrar sus datos una vez sean introducidos en el sistema. Debiendo poder decidir el cliente si autoriza o no al abogado el uso de determinados sistemas de IA en la gestión de su asunto.

Resalta la imperiosa necesidad de que los abogados reciban formación continua en tecnología aplicada, y no solo en IA sino también sobre los blockchains, los contratos inteligentes, los metadatos, las herramientas jurídicas de resolución en línea de los litigios, la automatización, etc., lo que permitirá además proporcionar asistencia jurídica a un nuevo tipo de clientela, que puede verse implicada en problemas de responsabilidad derivada de la creación, venta o utilización  de las herramientas tecnológicas. La formación debe servir para extender las competencias generales de los abogados abarcando el entorno tecnológico, singularmente sobre los principios relacionados con la deontología profesional y los derechos humanos.

Concluye el documento indicando que “Para seguir siendo competente y estar en situación de poder salvaguardar el estado de derecho en interés de sus clientes, el abogado debe estar suficientemente cualificado para formular las preguntas relevantes sobre las decisiones tomadas por los sistemas de IA, algo que él mismo debe aprender… Pues si el Estado de Derecho requiere que los jueces comprendan los aspectos más importantes de estos sistemas de toma de decisiones, los abogados también deben ayudar a los clientes, explicando tales engranajes a los Tribunales.”

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