nº 1.002 - 28 de diciembre de 2023
Navegando jurídicamente por aguas turbulentas
José R. Chaves García. Magistrado
Al igual que en la tormenta se conoce al buen almirante, en los contextos jurídicos cambiantes se conoce la grandeza del profesional del Derecho
A veces planea la inquietante duda de si existía mayor seguridad jurídica con el Código de Hammurabi en la vieja Babilonia
La vida de gran parte de los juristas, como la de los médicos, consiste en lidiar con la patología del derecho, con la calificación de una situación discutida, la determinación de la norma aplicable y con la búsqueda del sentido interpretativo. En su labor indagativa para prevenir o zanjar conflictos, el letrado admite que el ordenamiento jurídico sea un mecanismo complejo, pero no tolera que sea una diana móvil, sin lugar para confianza ni acierto en sus pronósticos.
Ese espejismo del ordenamiento jurídico como producto estable, claro y racional, se desvanece cuando los juristas hacemos el balance profesional al final de cada año, y nos sentimos como el mítico Ulises recordando su odisea para regresar a la Ítaca de la seguridad jurídica.
Es así como se ofrece a la comunidad jurídica este año 2023, cuajado de turbulencias sin cuento, que exponemos en gruesa pincelada.
Hemos asistido a los coletazos de la pandemia de coronavirus en su dimensión procesal, que ha ofrecido un año saturado de pleitos en el plano mercantil (concursos, operaciones societarias de ajuste, responsabilidades, etcétera), laboral (despidos, salarios, teletrabajo, etcétera), civil (impacto en el cumplimiento de negocios jurídicos) o contencioso-administrativo (responsabilidad patrimonial de la Administración derivada de las medidas adoptadas como consecuencia del Estado de Alarma).
Sobre esta última cuestión, la Sala tercera del Tribunal Supremo dictó la sentencia de 31 de octubre de 2023 (rec. 453/2022), a modo de locomotora de más de 6.000 pleitos similares pendientes, por la que se desestimó la reclamación de indemnización por responsabilidad patrimonial de empresas hosteleras derivada de las medidas adoptadas en el Estado de Alarma, lo que enterró gran parte de los sueños indemnizatorios de profesionales y empresarios. Sustancialmente afirmó que el Estado legislador nada tenía que responder por el contexto de incertidumbre en que se adoptaron las decisiones, y que todos teníamos que soportar el perjuicio en nombre del principio de precaución. Basta imaginarse el volumen conjunto de los autos judiciales correspondientes a esos seis mil pleitos, con sus expedientes administrativos y legajos de pruebas documentales y periciales de los daños, para parafrasear al jurista alemán Von Kirchmann y decir ahora que «Un capricho del Tribunal Supremo y catedrales de folios rezumando derecho van a la basura».
En el ámbito penal, en este año 2023 se han incrementado sensiblemente las denuncias por violencia de género y las órdenes de protección, lo que cuestiona el acierto de la respuesta penal a tan reprobables conductas.
Los profesionales y las empresas han soportado este año la alargada sombra de la administración tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social, con gran voracidad recaudatoria, herramientas electrónicas y potestades exorbitantes.
Por si fuera poco, las empresas además de sentir la presión creciente de la protección del consumidor, en caso de contar con más de cincuenta trabajadores deberán haber constituido un canal de denuncias por la fuerza de la Ley 2/2023 (conocida como Ley de Informante).
Asimismo, al finalizar el primer semestre, el BOE alumbró el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, convalidado en julio, especie de bomba racimo que, además de sembrar regulaciones sectoriales sustantivas, incorporó sensibles modificaciones de las leyes procesales criminal, laboral, civil y contencioso-administrativa. Este obús normativo impactó en la labor del jurista, primero, por su perentoria vigencia como es propio del decreto ley; segundo, por fijar nuevas reglas del juego en numerosos ámbitos, y tercero, porque el atajo tomado supone prescindir de informes y trámites tendentes a asegurar el acierto de la norma final.
Consecuencias de la Inteligencia Artificial
Añadiremos que este año 2023 se han hecho notar los ecos alarmantes de las voces científicas solventes sobre las consecuencias de la Inteligencia Artificial, cuando las Legal teach y las innovaciones digitales pisan cada vez más fuerte en los despachos de los abogados. Por si fuera poco, asoma la cabeza la tecnología GPChat, que ofrece a los juristas una tentadora economía de esfuerzos, elaborando de forma rápida y aceptable, borradores de demandas, contestaciones, reclamaciones, denuncias, contratos o sentencias, y, además, al estilo y gusto del jurista que pilote la aplicación. Estas brillantes luces cuentan con las sombras de la renuncia a la labor jurídica artesanal y al genio creativo del profesional, sin olvidar la general amenaza para la subsistencia del modelo clásico de la labor del jurista.
Afortunadamente, el Consejo Europeo y el Parlamento Europeo alcanzaron en diciembre finalmente el acuerdo sobre la regulación de la Inteligencia Artificial, que no solo acomete la regulación de los ChatBot bajo principios de transparencia y precaución, sino que prohíben el reconocimiento biométrico asilvestrado, reservándolo para excepcional uso policial y de seguridad.
Por añadidura, subsiste un Consejo General del Poder Judicial cuyos miembros disfrutan de un mandato prorrogado ya en funciones por nada menos que cinco años, gravísima anomalía en el corazón de la justicia, que ha llevado a la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de 22 de junio de 2023 a advertir que esa deficiente composición del órgano tiene «un impacto significativo en el funcionamiento del sistema de justicia y en la responsabilidad del Estado demandado en el cumplimiento de sus responsabilidades».
Por si fuera poco, ningún jurista ha sido indiferente a los recientes pactos de la gobernabilidad del país, pues al margen de la legítima valoración personal de cada profesional y fuera de toda consideración política, lo cierto es que comportará inevitables y colosales consecuencias en el plano jurídico e institucional del Estado de Derecho, atmósfera en que respiramos los juristas.
Sin embargo, al igual que en la tormenta se conoce al buen almirante, en los contextos jurídicos cambiantes se conoce la grandeza del profesional del Derecho, capaz de actualizarse y reaccionar en consecuencia.
La gran paradoja es que desde la aprobación de la Constitución se ha avanzado muchísimo en técnica normativa y, sin embargo, a veces planea la inquietante duda de si existía mayor seguridad jurídica con el Código de Hammurabi en la vieja Babilonia, que en nuestro avanzado ordenamiento jurídico ante lo que paradójicamente parece una Torre de Babel, donde se confunden normas y valores, pues frecuentemente no todos hablan el mismo lenguaje del derecho. ■