nº 1.003 - 30 de enero de 2024
La necesaria reforma de la Ley de Justicia Gratuita
Eugenio Ribón. Decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid
Un aspecto crucial de esta reforma es la garantía de una remuneración justa para los profesionales de turno de oficio
Los límites económicos para acceder a este beneficio deben ser reevaluados para que el acceso a la justicia no se vea restringido injustamente
Desde la entrada en vigor de la Ley 1/1996 de asistencia jurídica gratuita, España ha experimentado cambios significativos tanto en su tejido social como en sus estructuras jurídicas. Esta ley, concebida para garantizar el acceso a la justicia, un derecho fundamental recogido en los artículos 24 y 119 de la Constitución Española, requiere ahora una revisión profunda para adaptarse a la realidad contemporánea.
La sociedad española ha evolucionado notablemente desde 1996, y con ella, sus necesidades jurídicas. A pesar de los avances sociales y tecnológicos, la Ley 1/1996 ha permanecido casi intacta, lo que ha conducido a una brecha creciente entre las disposiciones legales y las necesidades reales de los ciudadanos. Es urgente y necesario que el legislador modernice esta ley para garantizar un acceso igualitario y efectivo a la justicia.
Uno de los problemas más acuciantes en nuestro sistema de justicia es la disparidad en las retribuciones entre diferentes comunidades autónomas. Esta desigualdad crea un sistema en el que el acceso a la justicia y la calidad del servicio legal dependen en gran medida de la geografía, lo cual es inaceptable en un estado que aspira a garantizar la igualdad de derechos para todos sus ciudadanos. Por lo tanto, es crucial abordar estas desigualdades para asegurar un sistema más equitativo y eficiente.
La Ley 1/1996, aunque fue pionera en su momento, ahora muestra su edad y sus limitaciones. En más de dos décadas, hemos sido testigos de cambios significativos en la estructura social y económica de España, que inevitablemente se reflejan en las necesidades jurídicas de la población. La legislación actual no solo falla en reconocer estos cambios, sino que también carece de la flexibilidad necesaria para adaptarse a las circunstancias cambiantes.
La urgencia de promulgar una nueva ley que refleje las realidades contemporáneas es evidente. Esta ley debe ser exhaustiva, abarcando desde la conciliación previa en la vida jurisdiccional social hasta los procesos de habeas corpus, y asegurando el pago justo y oportuno por servicios legales proporcionados en el marco de designaciones judiciales. Esto no solo es una cuestión de eficiencia y equidad, sino también de dignidad profesional y respeto por el imperativo constitucional de acceso a la justicia.
Puntos Clave para la Reforma
Un aspecto crucial de esta reforma es la garantía de una remuneración justa para los profesionales de turno de oficio. La ley debe asegurar que estos abogados reciban una compensación adecuada por sus servicios, incluso en los casos en los que la asistencia jurídica gratuita sea finalmente denegada o archivada. La situación actual, que a menudo deja a los profesionales sin compensación, no solo es insostenible, sino que desalienta la prestación de un servicio público fundamental. Este cambio no solo reconocería la dignidad del trabajo legal, sino que también fortalecería la calidad y la disponibilidad del servicio de asistencia legal.
Además, es imperativo extender el beneficio de la asistencia jurídica gratuita a las personas jurídicas en procedimientos penales. En particular, los macroprocesos requieren una revisión del artículo 2 de la Ley 1/1996 para incluir a estas entidades, que actualmente están excluidas. Esta actualización reflejaría la realidad jurídica moderna, en la que las personas jurídicas desempeñan roles cada vez más significativos y a menudo necesitan defensa en complejos entornos penales.
La inclusión de nuevas actuaciones y procedimientos es otro cambio necesario. Procedimientos específicos como los habeas corpus y la vía previa en la jurisdicción social deben incorporarse explícitamente en la ley, al igual que aquellos necesarios para la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad. Asimismo, es vital que se reconozca y remunere adecuadamente las ejecuciones, independientemente de cuándo se inicien, para garantizar que los profesionales estén debidamente compensados por todas sus intervenciones legales.
El establecimiento de baremos dignos y actualizados para la remuneración de los abogados de oficio es otro pilar fundamental de esta reforma. Debe existir claridad en lo que constituye una compensación justa, y se debe establecer un método de actualización periódica de estos baremos que respete las competencias de las comunidades autónomas. Esta medida no solo aseguraría una remuneración justa y acorde con el tiempo y la experiencia invertida por los abogados, sino que también promovería una mayor uniformidad en la calidad del servicio legal en todo el país.
Por último, es necesario revisar el artículo 1 y los criterios de acceso al beneficio de la asistencia jurídica gratuita. La actual obligación impuesta a todos los colegiados de prestar este servicio necesita ser reconsiderada, especialmente en lo que respecta a su voluntariedad y condiciones. Además, los límites económicos para acceder a este beneficio, actualmente basados en el IPREM, deben ser reevaluados para reflejar con mayor precisión las realidades económicas contemporáneas y garantizar que el acceso a la justicia no se vea restringido injustamente.
Pacto de Estado
La actualización de la Ley 1/1996 es una cuestión de justicia y equidad. No solo se trata de adaptar la ley a los tiempos modernos, sino también de reconocer y dignificar la labor de los profesionales que prestan este servicio esencial.
Es hora de que los legisladores, en colaboración con los profesionales jurídicos y la sociedad civil, trabajen juntos para crear un sistema de asistencia jurídica gratuita que refleje los valores y necesidades de la España del siglo XXI. La reforma de la asistencia jurídica gratuita no puede ser una empresa aislada; requiere un pacto nacional por la Justicia. Este pacto debe ser el resultado de un diálogo inclusivo y constructivo entre los diferentes actores políticos, sociales y profesionales. Solo a través de un esfuerzo colectivo y colaborativo podemos aspirar a un sistema de justicia que sea verdaderamente representativo de las necesidades y valores de nuestra sociedad.
El acceso equitativo a la justicia es un pilar fundamental de nuestro sistema democrático y un derecho que debe ser preservado y fortalecido. La implementación de una nueva ley de asistencia jurídica gratuita no es solo un paso hacia la modernización; es un paso hacia una sociedad más justa y equitativa. ■