nº 1.003 - 30 de enero de 2024
Cámara Baja
El Congreso aprueba la reforma del artículo 49 de la Constitución, la primera de contenido social desde su entrada en vigor
Pleno extraordinario del Congreso de los Diputados celebrado en el Senado. (Pool Moncloa / Raúl Salgado)
El pleno extraordinario del Congreso aprobó ale pasado 18 de enero la Proposición de Reforma del artículo 49 de la Constitución Española, que amplía los derechos de las personas con discapacidad y elimina del texto la expresión «disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos».
Esta modificación es la tercera desde la entrada en vigor de la Constitución, pero la primera de contenido social. El nuevo texto se adapta en lenguaje y contenido a la realidad actual y a la terminología internacional.
Así, la nueva redacción del artículo 49 reconoce que las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en el Título I en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Asimismo, establece que los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles, y fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Por último, se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad. La Proposición fue aprobada por 312 votos a favor y 32 en contra (VOX no secundó la modificación).
Ahora la Cámara Baja remitirá el texto al Senado, donde previsiblemente se aprobará de forma definitiva tras el acuerdo de PSOE y PP de no aceptar enmiendas de otros grupos parlamentarios. La sesión se celebró en el Senado por las obras en la Cámara Baja y la votación fue pública y por llamamiento.
Esta reforma constitucional fue impulsada por el Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) en 2018 y, junto al apoyo de la entonces vicepresidenta del Gobierno, la socialista Carmen Calvo, llegó al Congreso con un acuerdo unánime para sustituir el artículo por un nuevo texto «más acorde a los nuevos tiempos».
Nueva redacción
Actualmente, el artículo 49 de la Constitución está redactado de esta manera: «Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos».
Esta reforma pretende cambiar la redacción a «las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas». «Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio», se añade.
Además, en el segundo punto constará: «Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad». ■