nº 1.004 - 29 de febrero de 2024
Transformación Digital de la Administración de Justicia
El visor de expedientes judiciales ya está disponible para consultar procedimientos de la Sala de los Social de la AN
Desde el pasado 23 de febrero la nueva versión del visor de expedientes judiciales estará disponible para los profesionales jurídicos que quieran consultar procedimientos de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional. Los profesionales que pueden acceder a la herramienta son: procuradores, abogados, graduados sociales, Tesorería General de la Seguridad Social, Servicios Jurídicos de la Seguridad Social, Servicios Públicos de Empleo Estatal, el Consorcio de Compensación de Seguros, el FOGASA, abogados de la AEAT, letrados de Diputaciones Provinciales, Comunidades Autónomas o Ayuntamientos y Abogacía del Estado.
El acceso al Expediente Judicial Electrónico permite la consulta telemática de la documentación asociada a un procedimiento judicial por parte de los intervinientes en el mismo y de aquellos profesionales que ostenten la defensa o representación procesal.
La información disponible en el visor incluirá las notificaciones con acuse positivo y escritos de entrada cumplimentados (ECC/CUM) en el procedimiento, los expedientes administrativos asociados, en los casos que proceda y se encuentren en estado ECC/CUM., vídeos firmados disponibles en el procedimiento para consultar y documentos o escritos adjuntados como acontecimiento externo a los procedimientos a través del Sistema de Gestión Procesal Minerva por los órganos judiciales, siempre y cuando se encuentren en un estado cumplimentado (ECC/CUM).
Profesionales y ciudadanos de León, Burgos, Zamora, Ávila, Valladolid, Salamanca, Segovia, Soria y Cauta y Melilla ya pueden consultar toda la información de su procedimiento de manera online y descargar tanto documentos, como videos o expedientes administrativos. Esta funcionalidad, apuntan desde el Consejo General de la Abogacía Española, solo se podrá utilizar entre las 17.00 horas de la tarde y las 8.00 horas de la mañana del día siguiente para los procedimientos que contengan un máximo de mil elementos. Los ciudadanos únicamente en procedimientos del orden civil, excluyendo los de familia, de los que sean parte. ■