nº 1.005 - 27 de marzo de 2024
Sobre las causas y efectos del Estado fragmentado
(Sobre la ausencia de leyes estatales y la existencia de normas autonómicas que algo chirrían)
J&F
Vayan por delante mis disculpas a Francisco Sosa Wagner y a Igor Sosa Mayor por la apropiación (en todo caso debida, pues me resultaba necesario hacerla) del título de su obra El Estado fragmentado como punto de partida de esta reflexión. Se trata de una obra escrita hace casi ya veinte años (en 2006) y cuyo contenido nos persigue a quienes transitamos por la ciudades, villas, pueblos y aldeas de este nuestro país (esa España invertebrada de Ortega y Gasset escrita allá por 1921).
Todo ello viene a cuento de que a la hora de buscar esa novedad legislativa que comentar aquí me he encontrado con algo que bien sabía, como es que en los dos meses y medio que llevamos consumidos del año 2024 no se ha producido parto alguno en la maternidad de nuestras Cortes Generales. Andan nuestros legisladores desocupados, cuando no despistados, sin proyecto de ley alguno que llevarse a sus ojos. Me consta su gran desesperación por esa falta de trabajo, si bien siguen cobrando como si alguna labor realizaran.
Pero no todo es holganza y desocupación en nuestros legisladores. Bien sabemos (y se puede comprobar) que ante esa pasividad del hacedor de normas estatal se oponen los febriles trabajos de nuestros representantes en los parlamentos autonómicos que, en ese mismo período de tiempo, han alumbrado hasta 25 normas con rango de ley si bien tampoco es todo gozo, pues de ellas una decena no son sino Decretos-leyes de esos que tanto gustan a nuestro legislador (ya sea nacional o regional).
Lo cual me llevó a pensar (e incluso sentir) que a falta del pan de las leyes estatales buenas podían ser las tortas de las normas legales autonómicas.
Pero cuando me puse a ello empecé tropezar (una vez tras otra) en la misma piedra que, de manera pertinaz y terca se atravesaba en mi camino. Porque aunque bien sé que en los artículos 149 y 150 de nuestra Constitución se reparten (al menos eso se intenta) las competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, no son pocas las veces en que las materias atribuidas a las Comunidades Autónomas vienen a colisionar con principios esenciales (o que se supone que lo son) de nuestro sistema cuando no con la simpe cuestión geográfica, ya saben, eso de que no hay mucha explicación (cuando no ninguna) de que a un lado de la raya que delimita el territorio de una Comunidad Autónoma de otra existan (y pretendan convivir dentro de ese Estado social y democrático de derecho nuestro) regulaciones tan diferentes.
Quería comentar las bondades de estas normas autonómicas. Así que me puse a ello (y con buena voluntad, de veras).
Tropecé primero con la Ley 1/2024, de 11 de enero, de la calidad alimentaria de Galicia, y pensé que podía ser peligroso eso de que a izquierda y derecha del río Eo pudiera haber normas diversas para productos similares cunado no idénticos (ya sea el pan, las patatas o las ostras que se crían en la desembocadura de la referida corriente de agua). Así que la taché.
Topé después con la Ley 1/2024, de 24 de enero, de medidas temporales y urgentes para la protección del paisaje de La Rioja, y pensé qué culpa tenía una colina o un ribazo de estar al norte o al sur del río Ebro (más aún en los meandros, allá por Briñas, que estando al norte del cauce integran el territorio de La Rioja). Que «paisaje ser paisaje» (como fútbol ser fútbol) y que todo él debía merecer el mismo respeto y protección. Había que buscar otra Ley, y mejor que no fuera de carácter temporal, como en esta se anunciaba.
Me encontré con la Ley 2/2024, de 5 de febrero, sobre los derechos de información concernientes a la salud y la autonomía del paciente, y la documentación clínica en Cataluña. Sin rodeos. Me pone muy nervioso eso de tener distintas sanidades. Sé que puede sonar a pejiguero, pero me gustaría pensar que tiene tintes de verdad eso de que es competencia exclusiva del Estado la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales (ya saben, lo del artículo 149.1.1 de la Constitución). Decidí que mejor alejarse de ahí.
Entonces llegué a la Ley 2/2024, de 7 de febrero, de bonificación del impuesto sobre sucesiones y donaciones de La Rioja, a la Ley 1/2014, de 8 de febrero, de apoyo al proyecto de vida de las personas con discapacidad en Castilla y León, a la Ley 2/2024, de 15 de febrero, de Infancia y Adolescencia del País Vasco, y a la Ley 4/2024, de 15 de febrero, de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas trans del País Vasco… y pensé que no le encontraba mucho sentido a la posibilidad de que las personas vulnerables, por el motivo que fuera, pudieran estar más desprotegidos (o, sencillamente, protegidas de forma diferente) en función de la Comunidad Autónoma en la que se encontraran, ya fueran personas con discapacidad, menores o por razón de género.
Finalmente alcancé el Decreto-ley 1/2024, de 19 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda de Canarias y el Decreto-ley 2/2024, de 11 de marzo, que adopta medidas urgentes en materia de vivienda protegida para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras la erupción volcánica de Cumbre Vieja. Solo de pensar en la Ley 12/2023, de 24 de mayo, sobre el derecho a la vivienda, se me pusieron los pelos (los pocos que me quedan) como escarpias, pues sigo dándole vueltas al lío ese de la pretendida competencia estatal en esa materia.
Confieso que sentí una tremenda desazón por las inseguridades que tales normas autonómicas (con rango de ley) me generaban, al tiempo que me impedían abordar su análisis sin pensar en las desigualdades que de ellos se podía derivar en cuestiones tan esenciales para la persona y que podía comprobar que alcazaba cualquier lugar en el que posara la vista e, incluso, la imaginación.
Fue entonces que pensé que tenía que volver a releer El Estado fragmentado y la España invertebrada… pero es que son libros repletos de verdades tan dolorosas que cuesta leerlos. Tanto o más que las leyes que fabrican nuestros representantes, cuando se ponen a ello. ■