nº 1.010 - 26 de septiembre de 2024
«Las organizaciones precisan de una gestión del Compliance proactiva e integrada»
Rafael Fauquié Bernal. Director Asesoría Jurídica Corporativa y Cumplimiento ENDESA, S.A.
«No puede entenderse una adecuada asesoría jurídica dentro de una organización sin anticipación a los problemas y ello es complementario con la función del Compliance»
«El Compliance ha experimentado un enorme crecimiento en complejidad y variedad en los últimos tiempos que precisa de una adecuada gestión integrada»
Rafael Fauquié Bernal es responsable de la Asesoría Jurídica Corporativa y Cumplimiento de Endesa, reportando directamente al director general de la Asesoría Jurídica y secretario del Consejo de administración. Endesa es una de las principales empresas energéticas del Ibex 35, con más de 80 años dedicada al servicio de la industria y los consumidores de España, siendo pionera y líder en el proceso de desarrollo sostenible de nuestro país. Rafael Fauquié lleva 28 años trabajando en el grupo Endesa habiendo sido responsable legal de las inversiones del Grupo en el sector del gas, Europa y Latinoamérica y actualmente de funciones legales corporativas y de cumplimiento normativo.
¿Qué competencias tiene y cómo se organiza el departamento que usted dirige?
La Asesoría Jurídica de Endesa es responsabilidad del director general y secretario del Consejo, que reporta directamente al consejero delegado de Endesa. Dentro de esta Dirección General hay dos grandes unidades: la Asesoría Jurídica de Negocio, que apoya a las líneas tradicionales de negocio del grupo (Generación, Distribución, Comercialización, Gestión de la Energía y Regulación) y la Asesoría Jurídica Corporativa y de Cumplimiento, que tiene funciones de asesoramiento jurídico transversales que afectan a todas las áreas de la organización.
Dentro de esta Dirección y bajo mi responsabilidad se presta apoyo jurídico relacionado con operaciones mercantiles y financieras del Grupo; a las áreas corporativas (Direcciones Generales de Aprovisionamientos, Medios y Servicios, ICT, Comunicación, Sostenibilidad, Fundación Endesa, entre otras); asesoría jurídica laboral y otras áreas que englobamos bajo la consideración de Compliance, como son: Protección de Datos y Prevención de Riesgos Penales y Antisoborno.
Endesa ha sido la primera energética que ha recibido el distintivo Diverse, Inclusive & Equal Company, otorgado por el Club de Excelencia en Sostenibilidad. ¿Qué medidas han implementado desde el área de cumplimiento que han ayudado a obtener dicha mención?
La diversidad, igualdad y equidad son temas tan relevantes para Endesa que los tenemos incorporados en nuestro Código Ético, configurando, de hecho, el primero de los principios generales del mismo, al establecer que en las decisiones que influyen con las partes implicadas Endesa evita cualquier tipo de discriminación por edad, sexo, sexualidad, estado de salud, discapacidad, nacionalidad, opiniones políticas y creencias religiosas de sus interlocutores. El Código Ético constituye, junto con nuestra Política de Derechos Humanos y nuestra Política de Sostenibilidad, que también recogen nuestro compromiso para promover la diversidad, inclusión y equidad, el marco en el que se encuadran todas nuestras actividades.
En este sentido, desde el área de cumplimiento nuestra labor se centra fundamentalmente en promover una cultura de cumplimiento a través de formación y difusión y asegurar que los canales para denunciar cualquier comportamiento que pudiera ser contrario a los principios incorporados en el Código Ético sean efectivos y puedan prevenirse y corregirse. El área de cumplimiento es, en este sentido, el principal garante de que se concreta de forma efectiva nuestro compromiso con la diversidad, inclusión y equidad en la compañía. Y el despliegue de ese compromiso a través de acciones concretas es realizado por el área responsable, personas y organización, y se materializa en nuestra Política de Diversidad y en un conjunto amplio de medidas que abarcan, desde un plan de género, al desarrollo de comunidades de diversidad. Adicionalmente, se establecen objetivos orientados a fomentar la diversidad, inclusión y equidad que se incorporan en el Plan de Sostenibilidad, aprobado por el Consejo de Administración y cuyo cumplimiento es supervisado por el Comité de Sostenibilidad y Gobierno Corporativo del Consejo.
Este alto grado de madurez y compromiso sobre estas materias ha tenido como consecuencia el reconocimiento a través de distintivos como el mencionado, la inclusión en índices como el Refinitiv D&I en el que ocupamos la primera posición de nuestro sector a nivel nacional y otros de relevancia.
En línea con lo anterior, Endesa ha sido reconocida como una de las 100 mejores empresas para trabajar en España. ¿Qué la diferencia de los miles de mercantiles restantes que no entran en dicha centena?
¡No sé si puedo ser muy objetivo al responder esta pregunta ya que llevo más de veintiocho años trabajando en el Grupo Endesa! Bromas aparte, existen un gran número de razones por las cuales esta compañía está considerada entre las mejores para trabajar, pero si debo elegir, sin duda es las oportunidades de crecimiento profesional y personal que existen.
Desde un punto de vista profesional, creo sinceramente que hay muy pocas empresas en España que permitan a un trabajador –sea éste del mundo derecho, la ingeniería, la administración de empresas o cualquier otro campo– ver una variedad tan enorme de situaciones y desafíos corporativos como en Endesa. No sólo existe una enorme tipología de negocios que se desarrollan dentro del Grupo, sino que esta variedad va ampliándose casi a diario, de forma que resulta un reto constante trabajar en una organización tan exigente y a la vez, tan cambiante. En el éxito de ese desafío es fundamental la enorme profesionalidad de todas las personas de Endesa, con compromiso y pasión, que creo sinceramente, se refleja en la excelencia del trabajo realizado y que suponen una fuente permanente de aprendizaje.
Y desde un punto de vista laboral es igualmente destacable el cuidado de la organización hacia a las personas trabajadoras, no sólo en materia retributiva y de beneficios sociales, sino también en las opciones de conciliación laboral familiar y personal, prueba de lo cual es, por citar una media, la extensión del teletrabajo a prácticamente toda la plantilla varios días semanales. Endesa ha evolucionado su forma de trabajar y es hoy una empresa con una cultura de trabajo colaborativa, abierta, basada en las relaciones de confianza, la cultura del feedback, donde las personas pueden ser ellas mismas y aportar desde su competencia desde el momento en el que se incorporan. Como ejemplo, Endesa cuenta con casi 20 comunidades diferentes, donde distintas personas buscan de forma voluntaria mejorar la compañía con temas tan relevantes como la diversidad, la empresa data driven, o el bienestar a través de la práctica deportiva.
Debido a su carácter estratégico, la empresa a la que representa está sometida a una constante fiscalización de su actividad. ¿Considera que esta circunstancia se traduce en un exceso de litigiosidad?
Es cierto que una empresa como Endesa está sujeta a una constante supervisión de los órganos reguladores, como la Comisión Nacional de la Energía, Comisión del Mercado de Valores, Agencia Española de Protección de Datos, y otras autoridades locales y autonómicas, pero ello no es sino el legítimo ejercicio de unas potestades de control sobre las actividades de especial relevancia para la comunidad, los mercados y los consumidores que desarrollamos. La regulación no es negativa de por sí, aunque, es indudable que determina un especial esfuerzo por parte de las empresas para su efectivo cumplimiento.
Y es ahí donde creemos que una actuación responsable de los servicios jurídicos de una compañía como Endesa tienen un especial valor, en cuanto que, de forma proactiva trabajan no sólo para cumplir con la normativa aplicable, sino para prevenir cualquier situación de conflicto de la que, eventualmente, pudiera derivarse, incluso una actuación sancionadora por parte de las administraciones responsables.
Del ejercicio de esa actitud responsable y proactiva, más allá de lo estrictamente marcado por la ley es de donde deriva una considerable reducción de la –por otro lado, inevitable– litigiosidad en una empresa como Endesa con millones de clientes y una amplia presencia en el territorio español.
¿De ahí nace precisamente la necesidad de que la Asesoría Jurídica comparta su denominación con el área específica de Compliance?
Efectivamente, aunque existe una lógica y clara separación entre las actividades de asesoramiento jurídico corporativo que se desarrollan en defensa de los intereses del grupo y las actividades de Compliance, con una finalidad diferente de garantía del comportamiento de la organización más allá de lo estrictamente marcado por la ley, en Endesa consideramos que hay una evidente interrelación entre ambas.
La Asesoría Jurídica del Grupo desarrolla su actividad –desde mucho antes de que el término Compliance empezara a usarse y su contenido creciendo– de una forma proactiva y preventiva esto es, no defendiendo a sus sociedades ante litigios o problemas ya producidos, sino anticipándose y prestando un asesoramiento cercano a las distintas líneas de negocio que permite, en un gran número de casos, evitar los problemas o si éstos se producen, minimizar los riesgos o efectos adversos que pudieran generarse.
Esta filosofía de anticipación imbuida en el comportamiento de los letrados de toda la Asesoría Jurídica, es un rasgo absolutamente complementario a la función de Compliance. El hecho de que esta función se encuentre bajo la misma dirección de las áreas jurídicas corporativas transversales del grupo, sin duda facilita y da continuidad a nuestra tradicional visión cautelar del Derecho.
¿Cómo ve la evolución del Compliance en los últimos años?
A mi juicio este es uno de los campos del Derecho donde se ha producido una mayor evolución y crecimiento en los últimos años en España.
En primer lugar, evolución, en cuanto a que el Compliance ya no es visto –como sucedía cuando nació, al amparo de la reforma del Código Penal en el año 2010– simplemente como un mecanismo necesario para prevenir la responsabilidad penal de las personas jurídicas introducido en nuestro sistema jurídico, sino que, con el paso de esto casi quince años, se ha convertido en una suerte de principios que inspiran el comportamiento de las organizaciones más allá del estricto cumplimiento de las leyes, asumiendo las organizaciones compromisos con las personas y comunidades con las que se relacionan y que van más allá, guiando su comportamiento corporativo con un grado de responsabilidad y compromiso impensable hace unos años.
En segundo lugar, creo que el Compliance ha crecido de una forma sustancial desde que se empezó a emplear ese término. Ya no estamos hablando de la «prevención de la responsabilidad penal» originaria, sino que ahora, bajo ese término, se incluyen cuestiones como la prevención del blanqueo de capitales o la corrupción, la debida competencia, la defensa de los derechos humanos y el medio ambiente, la protección de datos, la debida diligencia en materia tributaria o en los mercados financieros o de certificados de emisiones…, por citar sólo algunos de ellos.
Se trata, por tanto, de un área del derecho que no cesa de crecer y de madurar y que ofrece unas atractivas posibilidades de crecimiento profesional.
¿Y cómo abordan en Endesa ese crecimiento del Compliance?
Pues como mencionaba antes: con anticipación. Desde las distintas áreas con responsabilidades en esta materia, en Endesa venimos trabajando desde hace años en una visión de lo que llamamos «Compliance integral» que gestiona los elementos comunes respetando las especialidades de cada área concreta.
Así, aunque existen elementos particulares en los modelos de Compliance penal, competencia, o tributario, por ejemplo, no cabe duda que existen muchos elementos comunes o transversales que pueden y deben coordinarse, como son: la metodología de valoración del riesgo, los controles de esos riesgos, los mecanismos, canales y responsabilidades de reporte dentro de la organización, las acciones de formación y difusión, la gestión de los sistemas internos de información (canales de denuncia) por citar sólo algunas. Por poner algún ejemplo: no parece que tenga mucho sentido que haya varios órganos responsables de las distintas áreas del Compliance que reporten al Comité de Auditoría y Cumplimiento, sino uno único que reciba información especializada de cada área afectada para transmitirlo de una forma homogénea. O tampoco que se sature a los miembros de la organización con multitud de comunicaciones o convocatorias a formación de las distintas áreas relativas al Compliance, sin una adecuada coordinación que acaba por traducirse en un hastío hacia estos asuntos.
Uno de los principales riesgos del Compliance en una organización es que se perciba como una obligación más «de papel» o «formal» que llegue a cumplirse de forma casi automática, sin consciencia de la relevancia que tiene y cómo los principios que garantiza deben estar incorporados en la forma de trabajar de cada uno de los miembros de la organización.
Prevenir que eso suceda es uno de los desafíos en los que llevamos trabajando en muchas áreas de nuestra organización mediante esa integración a la que me refería. ■