nº 1.011 - 31 de octubre de 2024
Expertos señalan que la reforma de la ley concursal ha supuesto un «cierto fracaso» dos años después de su puesta en marcha
Dos años después de la entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal, algunos expertos sostienen que ésta ha sido un fracaso y que el impacto sobre las pymes aún deja muchas dudas. Si bien el objetivo era el de agilizar los procedimientos concursales y asegurar la continuidad de las empresas con dificultades financieras, hoy no se puede hablar de éxito.
Así lo considera, al menos, el abogado Jorge Fernández, socio del despacho AF Legis: «Ha existido un cierto fracaso. No se han cumplido los objetivos perseguidos desde su entrada en vigor el 26 de septiembre de 2022». Fernández se refiere, por ejemplo, a algunos de los sistemas de alerta temprana para que los administradores puedan prever y detectar posibles riesgos que comprometan la solvencia.
La falta de implementación o la escasa promoción y concienciación a los empresarios, son algunas de las problemáticas que el abogado ha detectado durante estos dos años. En concreto, señala la puesta en marcha de una web para el autodiagnóstico de salud empresarial o el asesoramiento que tenía que promover el gobierno central para las empresas solicitantes en un momento de alerta financiera. «Puede haber buena intención, pero la reforma no ha sido ni práctica ni eficaz», matiza.
Una plataforma ineficiente
Otro de los inconvenientes que se han detectado con la reforma de la ley tiene que ver con el procedimiento especial para las microempresas a través de una plataforma. Aunque la mayor parte de las empresas españolas sean PYMES, no se ha llevado a un uso masivo de este procedimiento. De igual forma, la mayoría de los concursos se tramitan como concursos sin masa, siendo los ordinarios más bien excepcionales.
«La plataforma para microempresas carece de eficiencia y frecuentemente falla al cargar los datos», señala Fernández, añadiendo que los trámites son mucho más lentos y farragosos que los de un concurso ordinario y, por supuesto, que los del concurso sin masa. El motivo es que después de presentar los formularios a través de la plataforma, también deben de presentarse en el juzgado y, en muchos casos, los formularios de la plataforma no cubren todas las necesidades.
Para evitar los concursos de acreedores, la norma también prevé planes de reestructuración. En este caso, Fernández sí que ve con buenos ojos esta medida, habida cuenta a su buena utilidad y eficacia. No obstante, hoy aún son pocos. Según reflejan los datos, en 2023 el número de planes de reestructuración fue de poco más de 340, mientras que en el primer trimestre de este año se sitúa en torno a unos 70. «Deben estar respaldados por un esfuerzo sólido que logre convencer a los acreedores clave de la viabilidad de la empresa», sostiene. ■