nº 1.018 - 30 de mayo de 2025
Y la electricidad se fue… de apagones (y no solo de luz) y regulaciones
(Sobre la regulación de la responsabilidad de que la electricidad esté siempre disponible)
J&F
Tenemos la tendencia a dar cosas por supuestas. Que hay cosas que están ahí y que siempre lo va van a estar. Confundimos lo normal con lo seguro y cierto. Aunque en nuestro interior sepamos que no es así. Pero tendemos a olvidarlo.
Y, de repente, no había electricidad. Y nos negábamos a admitirlo. No era posible. Pero la evidencia estaba allí y casi nada funcionaba. Una sociedad dependiente de la electricidad carecía de esa energía.
No resulta necesario explicar las consecuencias. Todo lo que dejó de funcionar. La desconexión que ello produjo de un mundo globalizado y en el que (casi) nada funcionaba. Teléfonos, televisiones, ascensores, comercios, supermercados, restaurantes… un país paralizado. Buscábamos una radio que funcionara a pilas. Cargábamos los teléfonos en los vehículos. Se acabó el hielo en los bares y no había bebidas frías.
Esa es la situación. De sobra conocida. Pero, detrás, hay una regulación, y unas entidades que son las responsables de que estas cosas no sucedan. No será por falta de previsiones normativas.
Ahí está la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que en la primera frase de su Preámbulo señala que El suministro de energía eléctrica constituye un servicio de interés económico general, pues la actividad económica y humana no puede entenderse hoy en día sin su existencia. Parece que garantizar el servicio eléctrico es importante. Ley que se nos dice tiene como finalidad básica establecer la regulación del sector eléctrico garantizando el suministro eléctrico con los niveles necesarios de calidad y al mínimo coste posible, asegurar la sostenibilidad económica y financiera del sistema y permitir un nivel de competencia efectiva en el sector eléctrico, todo ello dentro de los principios de protección medioambiental de una sociedad moderna.
De esta forma en el artículo 2 de la Ley se establece que el suministro de energía eléctrica constituye un servicio de interés económico general (apartado segundo), que corresponde al Gobierno y a las Administraciones Públicas la regulación y el control de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica y que, asimismo, el operador del mercado y el operador del sistema tendrán las funciones que expresamente se le atribuyan (apartado tercero).
Lo que supone que se establecen dos operadores: uno para el mercado y otro para el sistema.
Si alguien tiene la curiosidad de conocer qué hacen y quiénes son estos operadores, podrá encontrar (sin escarbar mucho) que:
– El operador del mercado de la electricidad en España es el Operador del Mercado Ibérico de Energía (OMIE), Polo Español SA. OMIE es la entidad que gestiona el mercado diario e intradiario de electricidad en la Península Ibérica, incluyendo España y Portugal.
– El operador del sistema eléctrico español (OSE) es Red Eléctrica de España (REE). REE es la empresa responsable de la operación del sistema eléctrico, garantizando el equilibrio entre la producción y el consumo de energía, así como la continuidad y seguridad del suministro eléctrico en todo el territorio español.
De lo que se puede deducir (sin esfuerzo alguno) que el operador del sistema eléctrico español (Red Eléctrica de España, REE) es a quien corresponde garantizar que haya electricidad. Y no lo digo yo, lo dice la propia Red Eléctrica de España que en el apartado quienes somos de su propia página web señala:
En definitiva, somos los responsables de que la electricidad esté siempre disponible allí donde la necesitas y que, además, sea sostenible, potenciando las energías renovables. Por todo esto, Red Eléctrica es la columna vertebral del sistema eléctrico en España y también del proceso de transición ecológica en el que está inmerso el país.
https://www.ree.es/es/conocenos/quienes-somos
Sabemos que estuvimos sin luz. Los más afortunados unas pocas horas. Los que tuvieron menos suerte bastante más tiempo.
La luz volvió. Pero vamos para un mes y nadie explica los motivos. Que si empezó en Andalucía y Extremadura, que si hubo (o no hubo) oscilaciones en el sistema, que si se sabía, que si no se podía saber…
Pero al margen del hecho en sí mismo, y de su gravedad ínsita, no hay diagnóstico. Un mes después seguimos sin saber (o se sigue sin contar) qué pasó, por qué paso, qué falló y qué medidas se deben adoptar para que situaciones como esa no se repitan.
Resulta curioso que el análisis de la situación se haya puesto en las manos de las mismas personas que tenían la obligación de garantizar el correcto funcionamiento del sistema. Tal vez no sean las personas más imparciales para estudiar un asunto que se corresponde con su ámbito de competencias y, por tanto, de responsabilidad.
O cierto es que han fallado los sistemas de garantía. Que tal vez haya que revisar el núcleo del sistema y sus aledaños, como es el caso de las previsiones efectuadas en (entre otras) la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética. Lo que me recuerda que hace ya años el Gobierno de entonces dictó el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.
Lo único que está claro es que el operador del sistema no cumplió con las funciones que le atribuye el artículo 30 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. No cumplió con su deber de previsión como función original. Ni controló el nivel de garantía de abastecimiento de electricidad del sistema a corto y medio plazo, tanto en el sistema peninsular como en los sistemas no peninsulares ni controló, a corto y medio plazo, la demanda de energía eléctrica.
Parece que nuestros responsables nunca están a lo deben y, cuando pasan cosas, solo se escucha su silencio.
Porque cuando no se cumple las normas solo nos quedan los lamentos. Eso y personas girándose en busca de un responsable. ■