nº 970 - 28 de enero de 2021
La renovación de CGPJ sigue al albur de las pugnas políticas
El Congreso aprueba tramitar por la vía de urgencia la propuesta de reforma del CGPJ presentada por los socios de gobierno
El CGPJ insta a que se le solicite que informe sobre la reforma a pesar de la negativa de la Mesa del Congreso
El pasado miércoles 13 de enero la Mesa del Congreso de los Diputados aceptó tramitar por el procedimiento de urgencia la ley que regula al tercer poder del Estado y se opuso a que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) participe en la reforma. Los autores de la proposición de ley fueron los grupos parlamentarios del PSOE y Unidas Podemos, con el apoyo de ERC, Bildu, Junts, PDeCAT, Más País, Compromís y Nueva Canarias. Todos ellos reunían la mayoría absoluta necesaria para forzar que se habilitase el mes de enero para poder avanzar con la reforma.
Al cierre de esta edición, el acuerdo de la Mesa estaba pendiente del éxito o del fracaso de la iniciativa del Partido Popular de paralizar dicha tramitación, haciendo uso del instrumento parlamentario del escrito de reconsideración, manifestando su discrepancia e instando a que se reconsidere la decisión. En su opinión la urgencia no está en ningún caso justificada, y recuerdan los avisos desde la Unión Europea sobre las reformas que atañan al Poder Judicial de los Estados miembros.
Además, los grupos contrarios a la reforma tienen otra fórmula para intentar frenarla durante el breve plazo de ocho días para presentar enmiendas, pidiendo prórrogas o presentando una enmienda de totalidad con texto alternativo, lo que obligaría a celebrar un nuevo debate en el Pleno, ya en febrero.
Más de dos años de pugna
En cualquier caso, nos encontramos ante un capítulo más de la pugna que desde hace más de dos años se viene produciendo entre los dos bloques parlamentarios para renovar el órgano rector de los jueces.
El mandato de cinco años del CGPJ finalizó el 4 de diciembre de 2018, sin que haya sido posible sacar adelante su renovación debido a las discrepancias políticas entre los principales grupos parlamentarios. Desde esa fecha su presidente, Carlos Lesmes, ha instado en cuatro ocasiones en sede parlamentaria la necesidad de emprender dicha renovación.
El acuerdo parecía cerrado a mediados del pasado mes de agosto al renovarse las negociaciones entre el Gobierno y el principal partido de la oposición para reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial, que finalmente nos prosperaron. El PP, que negó que el acuerdo estuviera «prácticamente cerrado», como aseguraba el PSOE, cerró la puerta a la reforma ante la actitud crítica de Unidas Podemos al Poder Judicial y a la Monarquía.
Como es sabido, los socios de Gobierno impulsaron entonces una proposición de ley de modificación de la LOPJ que buscaba reducir las mayorías cualificadas de tres quintos necesarias en ambas Cámaras para la elección de los 12 vocales del turno judicial ya que, con la actual composición de las Cámaras, obligaba a socialistas y populares a alcanzar un acuerdo. Dicha propuesta recibió una respuesta crítica de Bruselas. La Comisión Europea recordó al Gobierno español que cualquier reforma del CGPJ debe ser consultada con la oposición sin que en ningún caso quede comprometida la independencia del Poder Judicial.
La propuesta también se topó con el rechazo frontal de tres de las cuatro asociaciones de jueces, que solo fue apoyada por la progresista Juezas y Jueces para la Democracia (JJPD). Consideraban que aumentará la politización del órgano, advertían de dudas sobre su constitucionalidad y defendían que sean los miembros de la carrera quienes elijan a los 12 vocales jueces.
Proposición en lugar de proyecto de ley
Como hemos adelantado al inicio de esta información, los socios de Gobierno dieron un nuevo paso en su propuesta de reforma con su propuesta de tramitación por la vía de urgencia. El 2 de diciembre registraron la proposición de Ley conjunta en el Congreso de los Diputados que recibió el 13 de enero la aceptación de la Mesa de la Cámara.
Así, el Congreso de los Diputados dio luz verde a tramitar por la vía de urgencia la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ), para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en funciones, presentada por los grupos parlamentarios del Congreso Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común y grupo parlamentario Socialista. La iniciativa tiene por objeto la modificación de la LOPJ limitando las competencias del CGPJ sobre nombramientos judiciales y gubernativo-judiciales de carácter discrecional.
En la reunión de la Mesa del Congreso del 13 de enero también fueron rechazados los escritos del (CGPJ) y del PP para que el Congreso de los Diputados pidiera informes consultivos sobre la reforma. La clave se encuentra en que, al haber sido tramitada mediante proposición de ley, el Ejecutivo no está en principio obligado a solicitar los preceptivos informes al Consejo de Estado y al propio CGPJ, obligación a la que sí tendría que haberse sometido en el caso de que se hubiera presentado como proyecto de ley.
Respuesta del CGPJ
En respuesta a esta decisión, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial acordó el 17 de enero pedir al Congreso que le solicite informe sobre la proposición de ley del PSOE y Unidas Podemos para la reforma de la LOPJ. El órgano rector de los jueces afirmaba que la iniciativa «tiene por objeto la modificación de la LOPJ limitando las competencias del CGPJ sobre nombramientos judiciales y gubernativo-judiciales de carácter discrecional. Es decir, afecta al núcleo esencial de las competencias que la Constitución le atribuye expresamente en garantía de la independencia judicial».
Según el órgano rector de los jueces, el articulo 561.1 LOPJ «establece la obligación de someter los anteproyectos aprobados por el Gobierno al informe del Pleno de este Consejo, en tanto que, conforme al artículo 561.1.9° LOPJ, dicho sometimiento es potestativo en el caso de las proposiciones de Ley presentadas en las Cortes Generales por los grupos parlamentarios». Añadía que esta exigencia de dar audiencia a todas las partes implicadas «ha sido establecida por las instituciones europeas interpretando lo dispuesto en el art. 19.1, párrafo segundo, del Tratado de la Unión Europea (TUE) en relación con el respeto a los principios propios del Estado de Derecho, entre los que ocupa un lugar destacado la independencia judicial que, con arreglo al art. 2 TUE, constituyen el fundamento de la Unión. La infracción de esta exigencia puede desencadenar el mecanismo de respuesta previsto en el art. 7 TUE».
Además de su informe, el CGPJ también insta al Congreso de los Diputados a que solicite el informe de la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia –Consejo de Europa–) sobre la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al CGPJ en funciones.
También ponen de manifiesto ante dicha Cámara «la necesidad de dar audiencia a todos los agentes afectados por la reforma propuesta, en particular las asociaciones de jueces y fiscales, así como a las demás entidades representativas e instituciones públicas del ámbito de la Justicia».
Acuerda por último «instar a los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados y del Senado a que procedan sin mayor demora a llevar a efecto la renovación del CGPJ, como se viene exigiendo desde esta institución».
Normativa actual
El Consejo General del Poder Judicial es un órgano colegiado compuesto por:
–Veinte miembros, llamados vocales, nombrados por el rey, elegidos por las Cortes Generales (Congreso y Senado) entre jueces y juristas de reconocida competencia.
–Un presidente, que será a su vez presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, designado por el Pleno del Consejo en su sesión constitutiva. Es elegido entre miembros de la Carrera Judicial o juristas de reconocida competencia.
En la actualidad, los 20 miembros/vocales del Consejo General del Poder son elegidos por una mayoría cualificada de tres quintos de las Cámaras de la siguiente forma:
Cada una de las dos Cámaras (Congreso y Senado) designa 10 vocales, seis entre jueces y magistrados y cuatro entre juristas de reconocida competencia. A su vez, el presidente es elegido por el Pleno del CGPJ entre miembros de la carrera judicial o juristas de reconocida competencia. ■