nº 971 - 25 de febrero de 2021
España impulsará la Justicia en sus países prioritarios de Cooperación Internacional
Actualidad Jurídica Aranzadi
El CGPJ, la AECID, la FGE y el Ministerio de Justicia firman un protocolo para colaborar y actuar de forma conjunta
Su ámbito geográfico prioritario se centrará en América Latina y el Caribe, África, Oriente Próximo y Filipinas,
El acuerdo recoge un amplio elenco de actuaciones con un horizonte temporal de cuatro años
«Impulsar el desarrollo del sector Justicia en los países prioritarios de la Cooperación Española». Este es el objetivo del Protocolo General de Actuación que recientemente han suscrito el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECID), el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado (FGE). El acuerdo prevé una colaboración y actuación conjunta.
El Protocolo, que tendrá una duración de cuatro años, define unas directrices generales de cooperación para alcanzar los objetivos perseguidos entre los principales actores públicos de relevancia constitucional y de mayor peso en el ámbito internacional y de la cooperación para el desarrollo en el sector.
El acuerdo suscrito lleva la firma de Pablo Zapatero Miguel, secretario de Estado de Justicia, Ángeles Moreno Bau, secretaria de Estado de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Carlos Lesmes Serrano, presidente del Consejo General del Poder Judicial y de Tribunal Supremo y de Dolores Delgado García, Fiscal General del Estado.
Las instituciones firmantes se comprometen a colaborar y llevar a cabo actuaciones conjuntas que se concreten en la realización de:
– Cursos y seminarios.
– La movilización y el envío de personal experto y de misiones técnicas.
– La realización de pasantías y estancias formativas.
– La formación de formadores.
– El apoyo a la dotación de equipos, material bibliográfico y de otra índole.
– El impulso a iniciativas relevantes en los ámbitos local, estatal, regional y multilateral y las demás acciones, proyectos y programas que se estimen pertinentes.
Marco de actuación prioritario
Su ámbito geográfico prioritario se centrará en América Latina y el Caribe, África, Oriente Próximo y Filipinas, más concretamente en los países considerados prioritarios en el Plan Director de la Cooperación Española, ya sea por su naturaleza de países de asociación o de cooperación avanzada, así como en el marco de las estrategias regionales de la Cooperación Española, incluido el Programa Masar en el mundo árabe y el Plan Intercoonecta en América Latina y el Caribe.
Sectores de actuación preferentes
Como sectores de actuación preferentes el Protocolo suscrito identifica los siguientes:
– Modernización de la Justicia. El apoyo a la modernización y fortalecimiento de la Administración de Justicia y las reformas institucionales del sector para garantizar su agilidad y eficacia, así como la igualdad en el acceso a la Justicia.
– Independencia judicial. El refuerzo de la independencia judicial y de la transparencia.
– Nuevas tecnologías. El apoyo a la mejora de las infraestructuras tecnológicas disponibles para las Administraciones de Justicia.
– Fortalecimiento a los poderes judiciales, ministerios públicos y fiscalías de los países socios en áreas como el crimen organizado, la protección a víctimas y testigos, la persecución de delitos ambientales y económicos, la ciberdelincuencia o el análisis criminal.
– Estudios judiciales. El desarrollo de capacidades de las escuelas de estudios judiciales y la capacitación de jueces, fiscales y otros profesionales del sector, incluyendo la mejora de los procesos de selección y la formación continua.
– Deontología. El intercambio de buenas prácticas, inclusive en materia de ética y función judicial.
– Colectivos vulnerables. La prevención de la violencia sexual y de género y de los delitos contra las mujeres, las personas con discapacidad, la infancia y los y las adolescentes.
– Consumidores. La protección de consumidores y personas usuarias.
– Cooperación jurídica internacional. El fortalecimiento de los mecanismos de cooperación jurídica internacional y de los sistemas regionales de colaboración en el ámbito judicial, así como aquellos otros ámbitos que las partes consideren de interés.
Competencias de las instituciones firmantes
La AECID trabajará en el marco de su actividad, centrada en contribuir a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), para lo que establecerá vínculos de colaboración para dar cumplimiento a los objetivos del Protocolo.
Por su parte, el Ministerio de Justicia se integra en el proyecto en el marco de su competencia para coordinar la actividad de las instituciones españolas del ámbito de la Justicia en proyectos de cooperación al desarrollo a través de diversas actividades.
Por último, tanto el CGPJ como la FGE proporcionarán asistencia técnica para la formulación, dirección y ejecución del programa.
Naturaleza jurídica
Además de hacer suyos los objetivos de la conocida como Agenda 2030, el Protocolo se enmarca en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de cooperación internacional para el desarrollo, que establece como objetivo de la Agencia la promoción del respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales de mujeres y hombres y cuenta, entre sus instrumentos, con la cooperación técnica, mediante programas y proyectos de refuerzo de formación y capacitación en todos los sectores y niveles, incluido el de la Justicia, y mediante programas y proyectos de asesoramiento con asistencia de expertos del sector público.
El Protocolo se ajusta además a lo previsto para los Protocolos Generales de Actuación en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, «en la medida en la que no supone formalización de compromisos jurídicos concretos y exigibles ni tiene tampoco por objeto prestaciones propias de los contratos». En cuanto a su funcionamiento y periodicidad de las reuniones y vinculación de sus acuerdos, la comisión se regirá por lo dispuesto en el Capítulo II del Título Preliminar de la citada Ley 40/2015, que también regula el funcionamiento de los órganos colegiados.
Por último, las entidades signatarias del convenio vendrán obligadas por las disposiciones y exigencias establecidas por el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas, en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de datos. ■