nº 973 - 29 de abril de 2021
«En la faceta contenciosa aún no se ha notado un incremento exponencial de la litigiosidad, que no obstante advertimos latente»
José Manuel Jover Lorente. Letrado General de la Junta de Extremadura
La mayoría de los asuntos correspondían a situaciones nuevas de las que no había precedentes, a veces ni siquiera derecho positivo que aplicar, y mucho menos jurisprudencia
Una posible distinción con respecto al resto de los compañeros homólogos es el ámbito materialmente completo de nuestras funciones, pues asistimos jurídica y procesalmente también al Servicio Extremeño de Salud
Cualquier avance tecnológico tendrá que estar pensado desde la óptica de la producción jurídica en modo remoto; las herramientas que no se adapten a esa versatilidad están condenadas a la obsolescencia
José Manuel Jover (1963) es natural de Berrocalejo, Cáceres. Licenciado en Derecho por la Universidad de Salamanca, pertenece al cuerpo de funcionarios superiores como letrado de la Junta de Extremadura desde 1992. Ha ejercido la responsabilidad directiva de Secretario General de distintas Consejerías de la Junta de Extremadura desde 1997 hasta 2009. Desde 2012 hasta 2015, fue miembro de la Junta Electoral de Extremadura por turno de juristas de reconocido prestigio a propuesta de la Asamblea de Extremadura. Desde agosto de 2015 es Letrado General de la Junta de Extremadura.
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Usted cuenta con una amplia trayectoria en la Administración Pública. ¿Cómo ha vivido la evolución del funcionariado a lo largo de estos años?
Todos los Cuerpos y Especialidades han precisado de una adaptación a las nuevas tecnologías, teniendo que asumir actividades para las que no se encontraban inicialmente preparados. Cabe recordar los inicios de la Junta de Extremadura, a mediados de los años 80, cuando la confección de los escritos procesales se hacían al dictado y la búsqueda de jurisprudencia en los repertorios bibliográficos. Un primer avance supuso la disposición de un ordenador de jurisprudencia. Hoy en día el formato papel es residual, las actuales bases de datos, el gestor documental, en suma, todas las tareas de la función letrada se han informatizado.
¿Cuáles son sus principales competencias como letrado General de la Junta de Extremadura y qué particularidades tiene con respecto a las de otras Comunidades Autónomas?
La Abogacía General de la Junta de Extremadura es el centro directivo superior en materia de asistencia jurídica del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus Organismos Públicos. En tal concepto, al Letrado General le corresponde la dirección, la coordinación y el control técnico-jurídico de las funciones encomendadas a los Letrados a ella adscritos (en las áreas consultiva y contenciosa), así como la formulación de los criterios de interpretación y aplicación de las normas a los que habrán de ajustar la actividad de asesoramiento jurídico-administrativo las asesorías jurídicas de las distintas consejerías, tendentes a asegurar el principio de unidad de doctrina.
Una posible distinción con respecto al resto de los compañeros homólogos es el ámbito materialmente completo de nuestras funciones, pues asistimos jurídica y procesalmente también al Servicio Extremeño de Salud, que no cuenta con defensa jurídica diferenciada.
Pudiera ser singular el caso de Extremadura la práctica de organización de los principales órganos colegiados de decisión de la Junta de Extremadura, de contar con la presencia, intervención o asistencia letrada in situ del Letrado General, lo que permite un conocimiento jurídicamente preventivo de las decisiones de estos órganos del Gobierno.
La Estrategia de Agenda Digital 2021-2027 será la hoja de ruta de la transformación digital de Extremadura. ¿Qué novedades contempla para la Administración de Justicia en general y para el departamento que usted dirige, en particular?
El sentido y objetivos fundamentales de la Estrategia de Agenda Digital 2021-2027 es un referente que ya teníamos asumidos como criterio de planificación en la modernización constante de las funciones letradas. Actualmente estamos a punto de culminar una renovación tecnológica de soporte de gestión, llamado LICTOR, que permita efectuar todas nuestras actuaciones, contenciosas, consultivas y de asistencia letrada desde la perspectiva digital. Paralelamente nos hemos incorporado, en la medida que son necesarias, al resto de herramientas tecnológicas de la administración regional (comunicaciones, gestión económico-financiera, portafirmas digital etc).
¿Qué le pide a la tecnología para poder convertirse en una aliada de la Administración?
El principal problema que advertimos es la sincronía y compatibilidad entre las aplicaciones que desarrollan las distintas Administraciones para que técnicamente puedan comunicarse entre ellas.
Sería un gran avance resolver y solventar las comunicaciones entre tecnologías estableciendo sistemas de interconexión comunes abiertos y estandarizados; herramientas flexibles, adaptables a necesidades cambiantes. También con un alto grado de homogeneización: es un grave problema la existencia de múltiples canales de comunicación (bidireccional) ciudadanos-administración y sistemas de identificación-seguridad dispares. Un poco más de generosa colaboración tecnológica sería de agradecer.
¿En qué medida es cierto que la actual crisis sanitaria está generando un incremento de demandas contra la Administración? y, si es así, ¿cómo está afectando a los servicios jurídicos?
En el ámbito consultivo evidentemente ha generado mucha respuesta normativa (con diversidad de rango) y en distintos ámbitos: continuas medidas sanitarias adaptadas a los diferentes momentos según la evolución puntual de la pandemia, ayudas, adaptación de las normas procedimentales a la nueva situación.
En la faceta contenciosa aún no se ha notado un incremento exponencial de la litigiosidad que, no obstante, advertimos latente y en fase administrativa previa de demandas fruto de la crisis, significativamente de responsabilidad patrimonial. Sí sufrimos en su momento inicial, hasta que se produjo la reforma legal oportuna una oleada de demandas relativas a los medios de protección sanitaria en los inicios de la pandemia, como también numerosos incidentes cautelares frente a las medidas sanitarias.
Es de destacar que esta respuesta se ha tenido que acometer con varios factores extraordinarios. Uno: la celeridad en la respuesta; todo era no ya urgente o perentorio, sino materialmente inmediato. Dos: la respuesta fue remota. Ya desde el principio del confinamiento se debía articular desde la operatividad del teletrabajo para lo que se dispuso un improvisado, pero a la postre altamente efectivo, plan de contingencias, utilizando cuantas herramientas tecnológicas públicas o incluso personales teníamos a nuestro alcance. Tres: la mayoría de los asuntos correspondían a situaciones nuevas de las que no había precedentes, a veces ni siquiera derecho positivo que aplicar, y mucho menos jurisprudencia.
El Gobierno central ha anunciado que en Navidad habrá una semana judicialmente inhábil. ¿Cómo valora este tipo de medidas y qué más se puede hacer para seguir avanzando en materias como la conciliación?
De facto hay un intervalo de días en Navidad en que no se suelen señalar apenas actuaciones judiciales presenciales. Pero los plazos para actuaciones escritas corren para las partes y los servicios jurídicos debemos continuar activos, sin descanso ni interrupción. Ello produce problemas naturales para conciliar derecho al descanso, mayor tiempo con la familia y seguir atendiendo los vencimientos. En definitiva valoramos positivamente que con la inhabilitación contenciosa por Navidad, al igual que ocurre en agosto, la conciliación familiar de los «administrados», por la Justicia, las partes, se pueda equiparar de alguna manera a la de los «administradores» de la Justicia que ya han resuelto ya de hecho.
¿Qué nos ha enseñado la pandemia desde la óptica de la transformación digital?
Creo que la gran novedad que ha llegado para quedarse es el teletrabajo, modalidad que las duras circunstancias pandémicas ha testado con éxito. Cualquier avance tecnológico tendrá que estar pensado desde la óptica de la producción jurídica en modo remoto, en tiempo real y con garantía absoluta de la interconexión fácil y fluida. Herramientas tecnológicas de todo tipo que no se adapten a esa versatilidad remota están condenadas a la obsolescencia. ■