nº 977 - 23 de septiembre de 2021
¿Deben incorporarse los graduados sociales a la Justicia gratuita?
Joaquín Merchán Bermejo. Vicepresidente 1º del Consejo General de Graduados Sociales
Creo necesario y obligado antes de entrar en el núcleo del presente artículo, establecer el marco jurídico en el que se debe apoyar lo que luego será mi defensa dirigida para que los graduados sociales se incorporen a la representación técnica gratuita o Turno de Oficio en la Jurisdicción Social:
La Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, en su exposición de motivos número 2, en cuanto a su vocación unificadora y su finalidad, se marca como objetivo: «regular un sistema de justicia gratuita que permita a los ciudadanos que acrediten insuficiencia de recursos para litigar, proveerse de los profesionales necesarios para acceder a la tutela judicial efectiva y ver adecuadamente defendidos sus derechos e intereses legítimos».
La Ley Orgánica del Poder Judicial 7/2015 de 21 de julio, introdujo una serie de reformas que afectaban de forma directa a la profesión de Graduado Social, y que suponían un paso definitivo en la consolidación legal de los graduados sociales como profesión jurídica; ya en su preámbulo y en los artículos 497,498,544 (apartado 1y 2) 545 y 546, deja claro que en nuestro actual ordenamiento jurídico existen tres profesiones que tienen el rango de operadores jurídicos: abogados, procuradores y graduados sociales, todos ellos figuras procesales para actuar en los tribunales.
La Ley 42/2015 de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en su Disposición final undécima llevaba incorporada el mandato para elaborar los proyectos necesarios que regulen la capacidad profesional exigida a los graduados sociales para actuar ante la Jurisdicción Social, así como los desarrollos normativos necesarios para la adaptación del marco legal que posibilite el acceso de los graduados sociales al sistema de representación técnica gratuita, conteniendo de forma imperativa el citado Proyecto la obligación de constituir en el plazo de tres meses una comisión mixta formada por representantes del Consejo General de la Abogacía y del Consejo General de Graduados Sociales, de la que formarán parte los expertos, en igual número que designe el Ministerio de Justicia.
Una vez establecido de forma sucinta por razones de espacio el necesario marco jurídico, me corresponde poner negro sobre blanco la idoneidad y la defensa de que los graduados sociales se incorporen a la representación técnica gratuita o Turno de Oficio en la Jurisdicción Social. Ya lo hice en un artículo similar al poco de promulgarse la referida Ley 42/2015, y lo hago prácticamente en los mismos términos, ya que la verdad no muta, no se muda y siempre puede más que la razón o las razones que se puedan esgrimir en un debate que surgió y sigue latente, debate que en su día consideré estéril, lo sigo considerando, y alimentado solo por quienes no conocían ni conocen hoy realmente nuestra profesión.
Los graduados sociales somos los especialistas en Derecho del Trabajoy de la Seguridad Social. Nuestros estudios de Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, constan de cuatro cursos y 240 créditos, y responden a una preparación especializada en una materia: la laboral y de Seguridad Social, mientras otros Grados saldan ese conocimiento con un pequeño número de créditos, circunstancia esta que nos hace ser la referencia en esa área del derecho. Y lo que es más importante, y que quizá haya sido el germen por el que el Ministerio de Justicia llevara en su día a la Ley esa Disposición final undécima, hacer posible a nivel de Ley lo que a nivel de calle era una realidad tangible: desde hace muchos años nuestros Colegios de Graduados Sociales repartidos por toda la geografía española pusieron en funcionamiento, con gran acierto y un alto índice de profesionalidad, los Servicios de Orientación Jurídico-Laboral Gratuita, que vienen prestando a miles de ciudadanos sin recursos, trabajadores y pensionistas que encontraron en nuestra profesión los conocimientos técnicos para ayudarles a lograr sus pretensiones en defensa de sus derechos. Es con estos Servicios de Orientación, con nuestra especialización adquirida por nuestros estudios en la Universidad en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y con nuestro trabajo diario en la Jurisdicción Social, como hemos demostrado nuestra cualificación. Cuestionarlo supondría un ataque, no a nuestra profesión, sino a los intereses de las personas más vulnerables en estos momentos de crisis sanitaria y económica, que no entenderían esta posición de inmovilismo y aceptación de una tozuda realidad.
Los graduados sociales siempre hemos defendido ser graduados sociales y no otra cosa. Nunca hemos querido invadir espacios de otras profesiones, pero sí pedimos encarecidamente que se respeten nuestras competencias alcanzadas en materia de justicia, en materia de proceso laboral y en materia de nuestra actividad profesional.
La Comisión Mixta está abierta. Es de esperar un ejercicio de responsabilidad por parte de todos para cumplir el mandato de la Ley en beneficio de los ciudadanos que carecen de recursos y no el posicionamiento de profesiones que están llamadas a entenderse, y que en la realidad de nuestro quehacer diario se entienden perfectamente, más allá de diferencias corporativas que se tendrán que ir superando desde la negociación y el dialogo, tendiendo puentes y no estableciendo barreras que solo perjudican a los más necesitados. Trabajemos para que la asistencia jurídica gratuita pueda realizarse indistintamente por abogados y graduados sociales como viene ocurriendo en la Jurisdicción Social, donde cada día compartimos estrados en régimen de igualdad y en beneficio de la Justicia con mayúsculas. ■