nº 978 - 21 de octubre de 2021
Reformas anunciadas y reformas necesarias
Luis Sánchez Quiñones. Abogado Senior Ontier
Esa misma celeridad es motivo de inquietud entre los operadores jurídicos, que se pueden ver embarcados en una nueva reforma del ET
No se pide que haga dejación de sus funciones. Ni mucho menos. Pero sí que se valore si las medidas a adoptar son realmente necesarias o resultan un brindis al sol
Durante las últimas semanas se viene anunciando por la titular del Ministerio de Trabajo Yolanda Díaz, la intención firme y decidida del Gobierno de derogar la reforma laboral aprobada por el gobierno de Mariano Rajoy.
La anunciada decisión no sorprende a nadie ya que la ministra ha sido especialmente beligerante con el texto actual, al que acusa de la mayoría de los males endémicos del mercado laboral español. Lo que quizás resulta mucho más discutible es su propósito de atrincherarse en una reforma carente de consenso, pese a que durante su mandato ha intentado que las medidas adoptadas por el Ejecutivo contasen con el beneplácito de los agentes sociales.
Todo ello parece indicar una prisa preocupante por cumplir con un compromiso electoral, que ni tan siquiera es apoyado por otros sectores del Gobierno, como la Ministra de Economía, Nadia Calviño.
Y esa misma celeridad es motivo de inquietud entre los operadores jurídicos –principalmente poder judicial y abogados– que ven como tras la avalancha normativa y regulatoria del último año y medio, se pueden ver embarcados en una nueva reforma del Estatuto de los Trabajadores, el cual pese a haber sido aprobado en su última versión en el año 2015, ya está suficientemente parcheado.
Las reformas tienen un coste
No nos engañemos. Las reformas son un coste. De tiempo y dinero. El pasado 31 de julio de 2021 el Tribunal Constitucional (Sentencia 140/2021) –es decir, anteayer– se ha pronunciado sobre un tema de candente actualidad relativo al valor de los acuerdos adoptados en el marco del despido colectivo y la posibilidad de su impugnación a través de la acción individual, aspecto este que ha sido avalado por el TC.
Han sido necesarios diez años para que el TC pueda tener la oportunidad de pronunciarse en una materia que va a tener una indudable relevancia, a la espera de la decisión que en vista del criterio del Tribunal Constitucional siente la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, la cual, previsiblemente, no será la última palabra en la materia.
Asimismo, esta misma semana se ha promulgado el Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre por la que se aprobaba la prórroga de los ERTE y medidas urgentes para la protección del empleo en el marco de la pandemia de COVID– 19. Nuevamente, nos encontramos con un texto que ya en su artículo 1.2 introduce una novedad, al establecer la necesidad de un informe de la representación de las personas trabajadoras con las que se negoció la medida para que pueda autorizarse dicha prórroga, suprimiendo por otro lado, la necesidad de acuerdo para lograr dicha prórroga. Lo lacónico de la redacción siembra de incertidumbre una materia especialmente prolija –que lejos de aclararse– sigue generando dudas a nuestros tribunales.
Por si no resultase suficiente lo anterior, a finales de la semana pasada se han conocido las Conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea respecto a la exclusión de la protección de desempleo de las empleadas de servicio doméstico. Tal y como se pronosticaba, las mismas denuncian la existencia de un trato discriminatorio a dicho colectivo, el cual se encuentra integrado de forma casi exclusiva por mujeres, lo que evidencia la necesidad de acometer una reforma de dicha figura. Reforma que sería predicable, en general, del sistema de Seguridad Social con el fin de tornarlo sostenible y, por qué no, simplificarlo.
En conclusión y como podemos ver, no le falta trabajo a la titular del ramo y a sus colegas de gabinete. Se nos ocurren otros aspectos (vrgr. temporalidad en el sector público y privado) que pueden merecer su atención y que son más urgentes que iniciar una reforma con un marcado carácter político, de incierto resultado y que además, tardará mucho tiempo en asentarse doctrinal y judicialmente hablando, como ya ha sucedido con la que pretende derogar.
No se pide que haga dejación de sus funciones. Ni mucho menos. Pero sí que se valore si las medidas a adoptar son realmente necesarias o resultan un brindis al sol. Porque estos últimos se pagan caros en tiempo, dinero y puestos de trabajo. Y en tiempos de crisis no es momento de desperdiciar los dos primeros ni poner en peligro los terceros. Aunque se tengan las mejores intenciones. Pero es que de esas está el infierno empedrado. ■