nº 982 - 24 de febrero de 2022
Jurisprudencia
El TS confirma la sanción a un juez que no se apartó de la causa en la que era parte la mujer con la que mantenía una relación afectiva
El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción a un juez de Arévalo (Ávila) de 18 meses de suspensión de funciones que le fue impuesta por CGPJ. Según dictaminó el órgano rector de los jueces, el magistrado se debía haber abstenido en un procedimiento de modificación de medidas en el que era parte una mujer con la que mantenía una relación de amistad íntima.
La sentencia de la Sección Sexta (Contencioso-administrativo) del Alto Tribunal confirma la falta «muy grave» por una presunta falta disciplinaria recogida en el artículo 417.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por «inobservancia del deber de abstención a sabiendas de que concurre alguna de las causas legalmente prevista».
Los hechos por los que ha sido sancionado se remontan al 24 de mayo de 2018. Ese día el juez emitió un auto en el que estimó parcialmente la demanda interpuesta por una mujer en contra de su ex marido para modificar la sentencia de guardia y custodia de la hija que tenían en común. En ese auto el juez suspendía los derechos de visita del padre a la niña y le condenaba a incrementar la pensión alimenticia que ya pasaba en 250 euros más.
También ese día, el padre de la niña encargó a un detective privado una investigación de la que resultó que existía una relación personal entre el juez y su expareja. Ese informe, según los hechos probados, fue aportado a la causa el 14 de junio. En esa misma fecha, el juez solicitó su abstención en el procedimiento. Más información ■