nº 983 - 31 de marzo de 2022
Europa apuesta por los derechos digitales
José Luis Piñar Mañas. Of Counsel CMS Albiñana & Suárez de Lezo. Catedrático de Derecho Administrativo
El compromiso de la Unión Europea con la transformación digital en el marco del respeto a los derechos fundamentales y a los valores europeos no es nuevo
El pasado mes de junio de 2021 se presentó la Carta de Derechos Digitales que en España ha promovido el Gobierno
Declaración Europea sobre los Derechos y Principios Digitales para la Década Digital
El pasado 26 de enero la Comisión Europea presentó una «Declaración Europea sobre los Derechos y Principios Digitales para la Década Digital» con la idea de que sea adoptada como joint solemn declaration por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión antes del próximo verano.
De este modo se consolida el compromiso europeo de que la transformación digital esté plenamente alineada con los derechos fundamentales y que ese modelo sea referente para todo el mundo. Compromiso especialmente relevante en un momento en que la pandemia por COVID-19 ha acelerado la trasformación digital y ha demostrado, por un lado, su extraordinaria importancia y, por otro, que el entorno digital puede traer consigo graves situaciones de discriminación respecto a quienes, por razones económicas o sociales, como la edad, la discapacidad o carecer de acceso a Internet, quedan excluidos del avance digital.
Un compromiso europeo que no es nuevo
El compromiso de la Unión Europea con la transformación digital en el marco del respeto a los derechos fundamentales y a los valores europeos no es nuevo.
La Declaración de Tallin sobre la administración electrónica, de 2017, la Declaración de Berlín sobre la sociedad digital y el gobierno digital basado en valores, de 2020, o la Declaración de Lisboa sobre Democracia digital con propósito, de 2021, son claro precedente de la Declaración que ha presentado la Comisión.
La Declaración de Tallin recuerda el papel central de los usuarios y los principios de los servicios públicos digitales (ente otros, accesibilidad, seguridad, disponibilidad y funcionalidad, protección de datos personales). La de Berlín establece siete principios básicos para la transformación digital (entre otros, respeto de los derechos fundamentales, participación e inclusión digital, alfabetización digital, soberanía digital e interoperabilidad, sistemas centrados en el ser humano y una sociedad digital resiliente y sostenible).
Por su parte la Declaración de Lisboa se refiere a cuestiones clave en la transformación digital, entre otras: identidad digital, protección de datos y ciberseguridad, neutralidad de internet, uso de la inteligencia artificial, libertad de expresión e información, protección y cuidado de los niños, educación digital, plataformas digitales, servicios públicos digitales, propiedad intelectual, legado digital y acceso a la justicia.
Declaración para acelerar una transformación digital centrada en la persona
La Declaración Europea quiere adelantarse a la «aceleración de la transformación digital» advirtiendo que esta debe basarse en la centralidad de la persona, la solidaridad y la inclusión y tener en cuenta en todo momento los valores de la Unión Europea y los derechos fundamentales.
Configurada como hoja de ruta para empresas y responsables políticos, se distribuye en seis capítulos.
– El primero resalta que son las personas las que deben ocupar el centro de la transformación digital, que debe en todo momento respetar los derechos fundamentales.
– El segundo se dedica a la solidaridad e inclusión, al objeto de «no dejar a nadie atrás». Exige que las personas tengan acceso a «una conectividad digital asequible y de alta velocidad… de calidad excelente» en el marco de una Internet neutral y abierta, con garantía de una identidad digital accesible, segura y fiable.
– El tercer capítulo se refiere a las interacciones con los algoritmos y sistemas de inteligencia artificial. Debe garantizarse la transparencia en el uso de los algoritmos, la no discriminación, la supervisión humana y, una vez más, el pleno respeto a los derechos fundamentales.
– El cuarto se ocupa de la participación en el espacio público digital y el acceso a un entorno digital fiable, diverso y multilingüe, que permita participar en el proceso democrático, respetando el derecho a la libertad de expresión. Deben mitigarse las campañas de desinformación, pero se señala que no se establecerá «ninguna obligación general de supervisión» de las plataformas en línea.
– El quinto se centra en la seguridad y el derecho a la protección de datos, con especial referencia a los niños y jóvenes.
– En fin, el capítulo sexto trata de la sostenibilidad, en el sentido de que los productos y servicios digitales deben reducir en la mayor medida posible sus efectos negativos ambientales y sociales.
Declaración Europea y Carta española de Derechos Digitales
La Declaración es un documento de enorme relevancia, pese a carecer de valor normativo. Sin embargo, no es del todo exacto, como se ha pretendido, que sea absolutamente pionera en este ámbito, pues ya el pasado mes de junio de 2021 se presentó la Carta de Derechos Digitales que en España ha promovido el Gobierno. Carta que debe inspirar el proceso de transformación digital que está llevándose a cabo en nuestro país y que también pretende conciliar esa transformación con el pleno respeto a los derechos fundamentales en el entorno digital. ■