nº 986 - 30 de junio de 2022
Las medidas legislativas no han logrado frenar el incremento al alza de los concursos de acreedores
Actualidad Jurídica Aranzadi
Entre enero y marzo de este año los concursos se incrementaron en un 7,9 % con respecto al mismo periodo del año anterior
La razón de que estemos asistiendo a un nuevo repunte es multifactorial, con el elemento común de haber contribuido cada uno a la actual crisis económica
Si no hay nueva prórroga, el 30 de junio finaliza la moratoria establecida en el Real Decreto-ley 27/2021
El número total de lanzamientos practicados se ha mantenido en cifras muy similares con un aumento del 1 %.
Las medidas legislativas aprobadas con carácter extraordinario no han sido suficientes para frenar la tendencia al alza que durante los tres últimos meses han experimentado los concursos de acreedores. Así se demuestra a tenor de los datos hechos públicos recientemente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Según la estadística del órgano rector de los jueces, entre enero y marzo de este año los concursos se incrementaron en un 7,9 % con respecto al mismo periodo del año anterior. En concreto, el número de concursos presentados en el primer trimestre de 2022, contabilizando tanto los presentados en los Juzgados de lo Mercantil como los de personas físicas registrados en los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción, ascendió a 5.312 frente a los 4.925 de un año antes.
Siendo este dato preocupante, lo es aún más si tenemos en cuenta que en el primer trimestre de 2021, los referidos 4.925 concursos ya supusieron un incremento del 50,4 % con respecto a los presentados durante el primer trimestre de 2020.
Como ya informamos, si acudimos a la serie histórica, observamos que el referido incremento de los concursos del 50,4 % fue el más elevado desde el primer trimestre de 2020. Sin embargo, está muy lejos de los porcentajes de incremento de hasta tres cifras de los primeros años de la crisis financiera.
Así, en los cinco trimestres comprendidos entre el segundo trimestre de 2008 y el segundo de 2009, los incrementos fueron, respectivamente y en términos porcentuales, del 209, 244, 262,219 y 103. Hubo además que esperar hasta el primer trimestre de 2010 para encontrar el primer descenso, si bien fue de un modesto 10,7 %.
La razón de que estemos asistiendo a un nuevo repunte es multifactorial, con el elemento común de haber contribuido cada uno a la actual crisis económica: pandemia del COVID-19, inflación, guerra de Ucrania, incremento del precio de la energía…
Para hacer frente a esta situación y cuando la guerra de Ucrania era un temor fundado, pero no aún una realidad, en noviembre del pasado año se aprobó el Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre, por el que se prorrogan determinadas medidas económicas para apoyar la recuperación.
En materia concursal la citada norma ampliaba al ejercicio 2021 la medida excepcional establecida en la Ley 3/2020, de 18 de diciembre, de exclusión de los resultados a los efectos de la causa legal de disolución por pérdidas.
Extendía además, hasta el 30 de junio de 2022, la exención del deber del deudor que se encuentre en estado de insolvencia de solicitar la declaración de concurso y la no admisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario que presenten los acreedores, con el fin de que las empresas viables en condiciones normales de mercado cuenten con instrumentos legales que les permitan mantener su actividad y el empleo y dispongan de un margen adicional para restablecer su equilibrio patrimonial en tanto se tramita la modernización del régimen concursal español.
El citado Real Decreto-ley concedió a las mercantiles con dificultades un margen de tranquilidad, a la espera de que se tramite definitivamente la nueva ley concursal, que pretende dotar al marco normativo español de nuevos instrumentos para la reestructuración temprana de sociedades viables.
En relación con la citada norma, el Consejo de Ministros del 21 de diciembre de 2021 aprobó el Proyecto de Ley de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre insolvencia.
Hacer coincidir la moratoria con la aprobación de la nueva ley
Este proyecto normativo tiene como objetivo la transposición de la Directiva europea de reestructuración e insolvencia, e introduce otras reformas en el ámbito concursal para disponer de instrumentos ágiles y eficaces que mejoren los procedimientos de insolvencia y faciliten el mantenimiento de empresas viables, en definitiva, que refuercen el tejido productivo.
Se trata de un texto dirigido a garantizar que las empresas viables que se hallen en dificultades financieras tengan acceso a un procedimiento efectivo de reestructuración preventiva que les permita continuar su actividad; que los empresarios o personas físicas insolventes puedan ver exoneradas sus deudas después de un periodo de tiempo razonable, favoreciendo la segunda oportunidad; y que el procedimiento concursal incremente su eficiencia reduciendo, entre otros factores, su duración.
Según informaba recientemente el diario La Razón, fuentes parlamentarias explicaron que la intención del Gobierno es que esta ley esté aprobada este mismo mes (lo que no se había producido al cierre de esta edición), para hacerla coincidir con el final de la moratoria. Como muy tarde, la nueva legislación se llevará a votación a la Comisión de Justicia en torno al 23 de junio para que, si es aprobada, su trámite pueda ejecutarse antes del mes de julio y evitar días en blanco desde su aprobación y hasta el fin de la moratoria. Si no se pudieran cumplir estas fechas, el Ejecutivo no descarta una nueva prórroga de al menos un mes más. «Nuestra intención es acompasar la finalización de la prórroga de la moratoria con la aprobación de la ley, y en esos tiempos estamos trabajando», explicaron a dicho periódico fuentes ministeriales.
2.812 concursos presentados por personas físicas
Volviendo a los datos aportados por el CGPJ, del total de los 5.312 concursos presentados en el primer trimestre de este año, 2.812 correspondieron a los presentados por personas físicas no empresarios en los Juzgados de Primera Instancia y Primera Instancia e Instrucción, que aumentaron un 11,1 % respecto al primer trimestre de 2021. Los 2.500 restantes correspondieron a los presentados en los Juzgados de lo Mercantil, que se incrementaron un 4,4 % con respecto al año anterior.
De los 2.500 concursos presentados en los juzgados de lo mercantil, 1.080 corresponden a personas físicas empresarios (un 29,5 % más que hace un año), y 1.420 a personas jurídicas (un 9 % menos que en el mismo trimestre de 2021). Cataluña ha sido la comunidad donde se registraron más concursos en los Juzgados de lo Mercantil: 846, lo que supone el 33,8 % del total. Le siguieron Madrid, con 446; Comunidad Valenciana, con 311; y Andalucía, con 261.
Respecto a los concursos presentados por personas físicas en los juzgados de primera instancia y primera instancia e instrucción, la Comunidad Autónoma con mayor número de ellos también ha sido Cataluña, con 692, que representan el 24,6 % del total nacional. Le siguieron Madrid, con 511; Comunidad Valenciana, con 401; y Andalucía, con 357.
El número de concursos declarados entre el 1 de enero y el 31 de marzo de este año en los Juzgados de lo Mercantil fue de 1.490, con una reducción interanual del 2,4 %. A esta cifra se añaden los 992 concursos declarados y concluidos al amparo del artículo 470.
En el mismo trimestre llegaron a la fase de convenio un total de 121 concursos (un 9 % más que hace un año), mientras que iniciaron la fase de liquidación 994, un 6,7 % más que en el mismo trimestre de 2021.
Respecto a los expedientes del artículo 169 TRLC, relativo a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo (ERE), se han presentado 110 expedientes, un 28,1 % menos que en el mismo trimestre del año anterior.
Los lanzamientos se mantienen y las ejecuciones hipotecarias disminuyen un 12 %
El número total de lanzamientos practicados en el primer trimestre de 2022, 11.072, se ha mantenido en cifras muy similares a las de hace un año al haber experimentado un aumento del 1 %.
Tres de cada cuatro lanzamientos (7.625, el 68,9 % del total) fue consecuencia de procedimientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), mientras que otros 2.755 (el 24,9 %) se derivó de ejecuciones hipotecarias. Los 692 restantes obedecieron a otras causas.
Los lanzamientos derivados de ejecuciones hipotecarias aumentaron un 8,1 % respecto al mismo trimestre de 2021; sin embargo, los derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos disminuyeron un 3,1 %. Los derivados de otras causas se incrementaron un 25,6 %.
En cuanto a las ejecuciones hipotecarias, se han presentado 6.410, lo que supone una disminución del 12 %. El mayor número se ha dado en Andalucía (1.431), cifra que representa el 22,3 % del total nacional; le sigue Cataluña, con 1.251; Comunidad Valenciana, con 1.042; y Madrid, con 741. Sin embargo, si ponemos el número de ejecuciones hipotecarias ingresadas por cada 100.000 habitantes, destacan la Comunidad Valenciana, con una tasa de 20,5; Murcia, 19; y Andalucía, 16,5.
Los procedimientos monitoros aumentaron un 16,9 %
Por último, los procedimientos monitorios presentados en el primer trimestre de 2022 en los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción fueron 239.972, lo que supone un incremento interanual del 16,9 %. La mayor utilización de este tipo de procedimiento se ha dado en Cataluña, con 45.761, seguida de Andalucía, con 39.802; Madrid, con 38.545; y la Comunidad Valenciana, con 26.985. El mayor incremento interanual se ha dado en Cataluña, donde ha alcanzado el 51,2 %. ■