nº 995 - 27 de abril de 2023
Aspectos positivos y negativos del nuevo Reglamento de acceso a las profesiones de abogado y procurador
Juan Antonio García Cazorla. Consejero electivo del Consejo General de la Abogacía Española
Una oportunidad perdida
Desde la promulgación de la Ley de Acceso, han sido dos los reglamentos que se han ocupado de su desarrollo (RD 775/2011 y RD 64/2023, publicado el pasado 9 de febrero, que deroga el anterior) y, además, hemos asistido a varias modificaciones de la norma.
Una de estas reformas de la Ley de Acceso se produjo en octubre de 2021 –a través de la Ley 15/2021, de 23 de octubre.
Esta reforma vino a flexibilizar la reserva de la actividad profesional de la procura, permitiendo que también la abogacía pueda asumir la representación técnica de las partes y desarrollar el resto de las funciones que son propias de la procura para la cooperación y auxilio de los Tribunales.
La importancia de esta norma radica, para la abogacía, en que estableció el acceso único a las profesiones de la abogacía y la procura, exigiéndose un mismo título universitario oficial (Licenciatura o Grado en Derecho) y el mismo curso de formación especializada de capacitación para ambas profesiones, de forma que quienes superen la prueba única para la evaluación de la aptitud profesional, podrán ejercer indistintamente la abogacía o la procura sin más requisitos que la colegiación en el correspondiente colegio profesional. El único límite será la prohibición del ejercicio simultáneo de ambas profesiones.
El nuevo reglamento, al menos en un plano teórico, podría dar lugar a la celebración de un convenio entre un Colegio de la Procura y una universidad. Aunque en la actualidad prácticamente todos los convenios existentes son entre Colegios de la Abogacía y universidades, se abre la puerta a esta posibilidad –un convenio sin la abogacía– que no parece deseable desde el punto de vista de la práctica del ejercicio profesional de la Abogacía.
El nuevo reglamento desaprovecha la oportunidad de concretar acciones y medidas de aplicación de la Ley de Acceso y reforzar el papel de las Escuelas de Práctica Jurídica de la Abogacía. ■