nº 997 - 29 de junio de 2023
La honestidad, una virtud indisociable de la abogacía
Óscar Fernández León. Abogado y experto en habilidades profesionales
El buen abogado, es realista y objetivo en su asesoramiento y no ocultará jamás la verdad a su cliente, a quien informará con realismo con el fin de no crear falsas expectativas
En nuestra actividad profesional, la honradez adquiere especial importancia en las relaciones con los distintos operadores jurídicos
Hace un par de semanas, el 2 de diciembre, Iván Fernández Anaya, atleta vitoriano de 24 años, se negó a ganar el cross de Burlada, en Navarra. «No merecía ganarlo. Hice lo que tenía que hacer», dice Fernández Anaya, quien, cuando iba segundo, bastante distanciado del primero, en la última recta de la carrera, observó cómo el seguro ganador, el keniano Abel Mutai (un muy buen atleta: medallista de bronce en los 3.000 metros obstáculos de los Juegos de Londres) se equivocaba de línea de meta y se paraba una decena de metros antes de la pancarta. Fernández Anaya le alcanzó con rapidez, pero en vez de aprovechar la situación para acelerar y ganar, se quedó a su espalda y con gestos y casi empujándole le llevó hasta la meta, dejándole pasar por delante. «Él era el justo vencedor. Me sacaba una distancia que ya no podía haber superado si no se equivoca. Desde que vi que se paraba sabía que no iba a pasarle».
Comportarse con integridad
La honradez es una virtud que para el abogado significa comportarse con integridad, apegado a la realidad y en función de la verdad, constituyendo sus características esenciales las siguientes:
– Es de los valores que estructuran nuestro comportamiento profesional.
– Se nutre de la sinceridad en lo que decimos, de la fidelidad a nuestras promesas, y de la justicia e integridad de nuestra conducta.
– Se guía de la rectitud de intención.
– Se apoya en principios morales y de sana conducta.
– Es el principal generador de confianza en las relaciones interpersonales.
La honestidad es esencial para el ejercicio profesional del abogado. Para ilustrar esta idea y por su elocuencia, tomamos el texto recogido en el preámbulo del Código Deontológico de 2001:
«La honradez, probidad, rectitud, lealtad, diligencia y veracidad son virtudes que deben adornar cualquier actuación del Abogado. Ellas son la causa de las necesarias relaciones de confianza abogado-cliente y la base del honor y la dignidad de la profesión. El abogado debe actuar siempre honesta y diligentemente, con competencia, con lealtad al cliente, respeto a la parte contraria, guardando secreto de cuanto conociere por razón de su profesión. Y si cualquier Abogado así no lo hiciere, su actuación individual afecta al honor y dignidad de toda la profesión».
Como bien señala la Doctora Centeno González, «la honestidad es el eje transversal que debe regir en todo el proceder de un profesional del Derecho. Honestidad consigo mismo de saber qué hace lo correcto. Honestidad para con el cliente, para ser claro en sus estrategias y no crear falsas expectativas. Por último, honestidad con su contraparte para desarrollar procesos transparentes en donde brille la justicia, la cual sólo puede alcanzarse cuando los actores del sistema –juez secretario, fiscal y abogado–, ponen en juego además de sus conocimientos sus valores morales».
El buen abogado, es realista y objetivo en su asesoramiento y no ocultará jamás la verdad a su cliente, a quien informará con realismo con el fin de no crear falsas expectativas. De esta forma, siendo honesto, se ganará la confianza y el respeto necesario para actuar con independencia en el ejercicio profesional. Igualmente, actuará con transparencia y respeto de las normas deontológicas y procesales en su actuar diario con sus compañeros, jueces y otros operadores jurídicos.
Independencia y apego a la realidad
En el abogado honesto destaca el rasgo de la independencia, pues su apego a la verdad le impedirá sentirse influido por situaciones que conlleven al incumplimiento de los deberes impuestos para con su cliente.
Parafraseando a la doctora Centeno González, «sin una sólida honestidad (…) los conocimientos serían inútiles e irían encaminados a crear caos y zozobra en nuestra comunidad. La injusticia iría poco a poco corrompiendo la esperanza, acabaría con las relaciones interpersonales respetuosas, nos orillaría al desplome del Estado de Derecho y a la instauración del desorden social y la anarquía». Por lo tanto, un abogado deshonesto supone el mayor atentado que puede cometerse a la abogacía, y supone un verdadero despropósito perseguible por las normas deontológicas de la profesión y, en su caso, penales.
En nuestra actividad profesional, la honradez adquiere especial importancia en las relaciones con los distintos operadores jurídicos, pero muy especialmente en los siguientes supuestos en los que interactúa con el cliente:
– A la hora de tomar la decisión de aceptar un encargo, informando al cliente con absoluta veracidad sobre las posibilidades de éxito del asunto, sin más sometimiento que a las reglas de su profesión y los dictados de su experiencia, quedando excluido cualquier comportamiento que, poniendo por encima nuestros intereses sobre los del cliente, lo llevemos a un escenario perjudicial.
– Igualmente, en dicha fase del encargo, el abogado, ante la duda en conciencia de que el cliente pretende que el abogado lleve a cabo una defensa poco ética o contraria a las normas deontológicas de la profesión, deberá, bien disuadirlo y aceptar la línea de defensa del letrado o, en caso contrario, no aceptarlo.
– Durante la dirección y defensa del cliente, el abogado deberá informarlo de todos los pormenores del asunto, incluyendo tanto aquellas incidencias que puedan afectar el curso del procedimiento o gestión, como aquellas noticias perjudiciales para sus intereses, puesto que lo contrario podría suponer cercenar el sagrado derecho de defensa del cliente.
– Como consecuencia de la rectitud y probidad con la que el abogado debe desempeñar su cargo, no podrá, por acción u omisión, perjudicar de forma manifiesta los intereses que le fueren encomendados por su cliente.
Pero la honradez u honestidad profesional no se agota con la actividad profesional. El abogado deberá igualmente seguir una conducta honesta en su vida privada ya que un comportamiento inadecuado en este ámbito puede tener afectar gravemente a su reputación, trascendiendo al ámbito profesional. Así lo indica el abogado Roland Boyd en la famosa carta que dirige a su hijo:
«Recuerda, para ser un buen abogado primero tienes que ser una buena persona: tu principal ambición tiene que estar relacionada con ser un buen marido, un buen padre, un buen vecino, un buen ciudadano y un buen abogado. Si logras esto, habrás logrado todo el éxito que se puede lograr: el placer de la vida». ■