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19/11/2025. 17:28:43
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El TSJ de Cataluña ratifica el despido disciplinario de una trabajadora por grabar vídeos para redes durante el horario laboral

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  • La inspección reveló deficiencias en el servicio de limpieza, atribuidas al uso inapropiado del teléfono móvil que llevaba a cabo la trabajadora

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado el despido procedente de una limpiadora de colegio, después de que la trabajadora se dedicara repetidamente a grabar y publicar vídeos cómicos en una red social durante su jornada laboral. El fallo determina que las acciones de la empleada infringieron las normas del contrato, comprometiendo tanto su desempeño como la imagen del colegio.

La empleada, quien había trabajado como limpiadora desde agosto de 2008, grabó múltiples vídeos con contenido humorístico en la red social TikTok. En estos vídeos, se la veía vistiendo el uniforme de trabajo dentro de las instalaciones escolares, desobedeciendo la cláusula contractual que prohibía explícitamente el uso de teléfonos móviles durante el horario de limpieza, incluso en áreas externas y vestuarios.

Impacto negativo en la limpieza

Esta actividad en redes sociales causó un impacto negativo en la evaluación del servicio de limpieza, encargada por el Consorcio de Educación de Barcelona. Los resultados de la inspección revelaron que la planta asignada a la trabajadora presentaba un nivel de limpieza insuficiente, una conclusión preocupante que contrastó con la limpieza aceptable en el resto del colegio.

La sentencia, que considera el comportamiento de la trabajadora como grave y constante, argumenta que las acciones de la empleada quebrantaron la confianza de la empresa y afectaron seriamente su reputación en el sector. Las pruebas colectadas y la evaluación externa respaldan la decisión judicial, identificando que la actividad de redes no solo distraía de sus deberes laborales, sino que también permitía visualizar el uniforme y el lugar de trabajo, agravando el daño a la imagen institucional.

Permite recurso de casación

La trabajadora recurrió el despido al considerar que la sanción impuesta era desproporcionada. Sin embargo, la sala consideró que el contrato de limpieza, con cláusulas claras y violadas repetidamente, no admite una graduación menor de falta. El tribunal confirmó que el despido se ajustó adecuadamente a la normativa aplicada, validando la decisión de la empresa.

Aunque el fallo no es definitivo y permite recurso de casación, marca un precedente importante sobre el uso de dispositivos móviles en relaciones laborales y la proyección pública del comportamiento empleado durante horas laborales. La sentencia recuerda la importancia del cumplimiento de las normas laborales para proteger tanto la eficiencia empresarial como la dignidad del entorno de trabajo.

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