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20/03/2026. 12:39:40
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TC cree que la ley sanitaria de Canarias para compatibilizar retribuciones de gerentes puede producir «quebranto»

EUROPA PRESS

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido mantener la suspensión acordada en el recurso de inconstitucionalidad, interpuesto por el presidente del Gobierno, sobre la disposición final cuarta de la Ley 5/2024, de presupuestos generales de Canarias para 2025, al entender que la modificación de la Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias que pretendía compatibilizar los sueldos de gerentes del Servicio Canario de Salud (SCS) con otras retribuciones del sector público o privado puede producir un “quebranto”.

El recurso fue interpuesto a través del abogado del Estado, al considerar que estas disposiciones están “vulnerando” la normativa básica estatal en materia retributiva, según el auto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En concreto, el TC señala que la extensión de la garantía retributiva a gerentes procedentes del sector privado “produce un quebranto” del marco básico estatal, al permitir la superación de los límites retributivos.

Además, advierte de que levantar la suspensión “ocasionaría un riesgo” para la legalidad presupuestaria y la estabilidad financiera, mientras que mantenerla evita la generación de obligaciones sin cobertura suficiente.

Levantamiento parcial de la suspensión

Respecto a la disposición final octava de la misma ley, el tribunal sí acuerda levantar la suspensión, al considerar que su aplicación permitiría prórrogas concesionales que podrían generar situaciones jurídicas consolidadas, difíciles de revertir en caso de anulación posterior.

El TC subraya que la suspensión en este punto podría evitar “un marco inestable y de difícil corrección”, así como una posible “fragmentación” del régimen básico estatal de concesiones portuarias.

No obstante, justifica el levantamiento al señalar que el posible quebranto del régimen estatal debe analizarse en la sentencia de fondo, y que en este momento procesal no puede anticiparse ese juicio.

Asimismo, rechaza que la suspensión pueda sostenerse en una supuesta vulneración de los principios de seguridad jurídica, confianza legítima o concurrencia.

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