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UGT y CC.OO. ven en la sentencia del TS sobre el convenio de Air Nostrum un «revés» a la reforma laboral

EP

Los sindicatos UGT y CC.OO. ha celebrado que el Tribunal Supremo (TS) haya ha dado la razón al Sepla y haya declarado que el contenido del III Convenio Colectivo de Air Nostrum permanece vigente hasta que ambas partes negocien un nuevo convenio que lo sustituya y éste entre en vigor.

Tribunal Supremo

Según explica CC.OO. en un comunicado, la sentencia garantiza que las cláusulas de convenios firmados antes o después de la reforma laboral de 2012 que salvaguarden la vigencia del convenio mientras no haya otro que lo sustituya son plenamente válidas.

De esta forma, entiende que la sentencia del TS aporta seguridad jurídica en la regulación de las condiciones laborales de los trabajadores incluidos en sus ámbitos de aplicación.

UGT señala en este sentido que se trata de "un nuevo revés" a la reforma laboral 2012 y para "algunos ámbitos empresariales que pretendían utilizarla para eliminar derechos y empeorar las condiciones de los trabajadores".

Por otro lado, espera que tras esta sentencia "clarificadora" esté más cerca el poder resolver las dificultades que se vienen produciendo en materia de ultraactividad para poder alcanzar un acuerdo con las organizaciones empresariales en el marco de la renovación del Acuerdo Interconfenderal para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC).

Postura del Ministerio de Empleo

El Ministerio de Empleo asegura que el Tribunal Supremo no está sino aplicando la reforma laboral al declarar que el contenido del III Convenio Colectivo de Air Nostrum permanece vigente hasta que ambas partes negocien un nuevo convenio que lo sustituya y éste entre en vigor.

Según aseguraron fuentes de Empleo a Europa Press, esto es así porque lo que antepone el TS es el acuerdo que firmaron las partes para que no decayera el convenio en ausencia de otro que viniera a sustituirlo, algo que ya hace la reforma laboral.

Las mismas fuentes explicaron que la reforma laboral recoge la posibilidad de que el límite de un año de prórroga mientras se negocia la prórroga de un convenio (ultraactividad) no se aplique en casos de acuerdo entre las partes. Dicho de otra manera, sólo decae el convenio si no existe un pacto en sentido contrario.

"El Tribunal Supremo ha aplicado la reforma laboral, no hay ni un revés ni un varapalo a la norma", han añadido desde empleo, en respuesta a los sindicatos, que así han interpretado la sentencia del alto tribunal.

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