
Tras una ruptura con hijos, una de las primeras cuestiones que debe resolver la pareja es el convenio regulador. Este documento, aprobado por un juez, recoge los acuerdos básicos: con quién viven los hijos, cómo se reparten los tiempos de visitas, quién paga la pensión de alimentos, si hay pensión compensatoria y el uso de la vivienda familiar están entre los puntos relevantes que hay que acordar.
En teoría, una vez firmado y aprobado, ambas partes están obligadas a cumplirlo. En la práctica, no siempre es así: surgen retrasos en el pago de la pensión, visitas que no se respetan o gastos que nadie quiere asumir. Actuar de ese modo es muy perjudicial, tanto para quien lo incumple como para los hijos en común, que, sin duda, se verán afectados sin tener culpa alguna.
1. Tipos de incumplimiento del acuerdo de separación
Hay diferentes formas de incumplimiento, algunas más frecuentes que otras. Depende mucho de lo conflictiva que sea la separación y de la situación en la que hayan quedado las partes.
Estos son los casos más comunes que nos encontramos en nuestro bufete:
- Incumplimiento económico
No pagar la pensión de alimentos, retrasarse en el pago o abonarla de manera incompleta. También puede ocurrir con la pensión compensatoria.
- Incumplimiento en la custodia o régimen de visitas
Impedir que los hijos pasen el tiempo que les corresponde con el otro progenitor. De igual manera, no recogerlos o entregarlos fuera de horario.
- Uso de la vivienda familiar
No abandonar la casa si así lo fija el convenio o entrar en ella sin permiso cuando ya no corresponde. En ambos casos se actúa mal.
- Gastos extraordinarios
Negarse a pagar la parte que corresponde de los gastos médicos, escolares o de actividades que se han pactado.
Esos son, como decimos, los casos que nos encontramos más a menudo, pero no los únicos: en definitiva, cualquier acción u omisión que contradiga lo establecido en la sentencia de divorcio o separación.
2. ¿Cómo actuar ante un incumplimiento?
Darte cuenta de que tu expareja no está cumpliendo con lo pactado te genera mucha frustración e impotencia. Pero es el momento de actuar con calma y de manera ordenada, porque la ley ofrece mecanismos para reclamar.
No se trata ni de vengarse ni de entrar en discusiones interminables que no llevan a ningún sitio, sino de dar pasos que te protejan y que, sobre todo, garanticen el bienestar de tus hijos.
Primer paso: intenta una solución amistosa
Aunque suene ingenuo, siempre es recomendable hablar primero con la otra parte. A veces el incumplimiento se debe a problemas puntuales: un retraso en el trabajo, un problema económico temporal o un malentendido.
Un correo electrónico, un mensaje o una reunión tranquila muchas veces evitan un procedimiento judicial largo y costoso. Si no quieres hacerlo solo, puedes contar con la ayuda de tu abogado o incluso recurrir a una mediación familiar, un recurso que busca soluciones dialogadas y menos traumáticas.
Si no hay acuerdo: acude al juzgado
Cuando la vía amistosa no funciona, no queda otra que acudir a los tribunales. En este punto existen dos caminos principales, según el tipo de incumplimiento:
- Ejecución de sentencia
Atendiendo al art. 776 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si tu expareja no cumple lo que está en la sentencia (el convenio regulador aprobado judicialmente es parte de ella), puedes solicitar al juzgado la ejecución de sentencia.
Esto significa pedir al juez que obligue al otro a cumplir, por ejemplo:
– Si no paga la pensión, se puede pedir el embargo de su salario, cuenta bancaria o bienes.
– Si no respeta el régimen de visitas, el juez puede imponer multas coercitivas o incluso modificar la custodia si el incumplimiento es reiterado.
Es un procedimiento que obliga al infractor a cumplir con lo pactado, bajo la presión de sanciones económicas o medidas más serias (prisión) en los casos extremos.
- Modificación de medidas
A veces el problema no es que alguien no quiera cumplir, sino que ya no puede. Entonces podemos referirnos al Código Civil (art 90).
Por ejemplo, si el progenitor que paga la pensión pierde el trabajo, puede que no llegue a fin de mes. En estos casos, lo correcto no es dejar de pagar, sino pedir una modificación de medidas. Así, el juez puede ajustar la pensión o el régimen de visitas a la nueva situación.
3. Consecuencias legales del incumplimiento
El incumplimiento del convenio regulador no es un asunto menor. Puede acarrear consecuencias muy serias a quien lo incumple, sobre todo si lo hace de manera reiterada.
Embargos: el juez puede ordenar el embargo de cuentas, nóminas, vehículos o propiedades para cubrir las deudas de pensión de alimentos o compensatoria.
Multas coercitivas: si se incumple el régimen de visitas, se pueden imponer sanciones económicas por cada día que no se cumpla.
Pérdida de custodia: en casos graves o reiterados.
Responsabilidad penal: el impago de la pensión de alimentos durante más de dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos está tipificado como delito en el Código Penal, con penas de prisión de 3 meses a 1 año o multa.
4. ¿Qué pasa con los hijos en todo esto?
No hay que olvidar que el objetivo principal del convenio regulador es proteger el bienestar de los hijos. Cuando uno de los progenitores incumple, los que más sufren son ellos.
Imagina que no pagas la pensión de alimentos, no es el otro progenitor el que se queda sin dinero, sino vuestros hijos. Si no respetas las visitas, lo mismo, son los menores quienes pierden tiempo de estar con la otra parte.
Por eso, los jueces siempre tienen en cuenta el interés superior del menor al decidir las medidas.
El convenio regulador no es un papel simbólico, sino un documento con valor legal que marca las reglas de la nueva vida familiar. En caso de incumplimiento, lo fundamental es actuar rápido, no dejar pasar el tiempo y, sobre todo, recordar que lo que está en juego no es solo el dinero o la organización de las visitas, sino el bienestar de los hijos.