
- Convenció a las víctimas para invertir pese a saber que la operación estaba «abocada al fracaso»
La Audiencia de Barcelona ha condenado a 4 años de prisión a un juez en excedencia como autor de un delito continuado de estafa agravada por estafar a un matrimonio y a una mujer, que invirtieron un total de 850.000 euros en una operación «que sabía que estaba abocada al fracaso», según la sentencia consultada por Europa Press.
Según el fallo, que ha avanzado ‘El País’, el condenado, que es juez en excedencia, abogado en ejercicio y que tiene conocimientos financieros, aconsejó en 2017 a un matrimonio amigo para que invirtiera 500.000 euros en la empresa Pegasus Markets Ltd.Co asegurando que «se trataba de una inversión con un riesgo mínimo».
Las víctimas entregaron esta suma en metálico y el administrador único de la empresa –en paradero desconocido– se comprometió a abonarles un interés del 4,5% mediante pagos trimestrales y a devolverles el capital íntegro el 1 de mayo de 2018.
El contrato fue redactado por el juez, que según el tribunal ya «sabía o preveía» que sus amigos no recuperarían el dinero.
Además, hizo lo mismo con otra mujer, a la que aconsejó que invirtiera en la misma empresa 350.000 euros, que entregó en metálico y a la que se le prometieron las mismas condiciones que al matrimonio anterior.
Sin embargo, de las cantidades prometidas, el matrimonio sólo recibió los intereses de los dos primeros trimestres –11.250 euros–, mientras que la mujer recibió 3.937,50 euros.
Los «indujo» a invertir
La sentencia sostiene que el juez fue quien los «indujo» a invertir el dinero, aprovechándose de la amistad que tenía con los primeros y la confianza que se ganó por parte de la otra querellante.
También, que fue él quien redactó los documentos que reflejan las entregas de dinero y las condiciones, en los que indicó «falsamente» que la empresa contaba con todos los permisos para ejercer su actividad.
El tribunal sostiene que tenía que saber que Pegasus Market Ltd.Co. había perdido las licencias y permisos en Nueva Zelanda, donde estaba domiciliada, y que carecía de autorización para operar en España.
Además, señala que cuando se produjeron los primeros impagos «distrajo» a los querellantes con diversas promesas, ocultándoles que a principios de 2018 la empresa había solicitado un concurso de acreedores.
Voto particular
El juez aseguró haber obrado de buena fe y sostuvo que fue el administrador y socio único quien se apropió del dinero de las víctimas, así como con 600.000 euros que él mismo invirtió, y negó que presionara a los querellantes para que invirtieran.
Sin embargo, el tribunal sostiene que sus quejas, la redacción de documentos similares a los facilitados a los querellantes para conseguir compromisos de pago o incluso la interposición de una querella contra el administrador pueden ser «una cortina de humo creada para preconstituir una eventual defensa».
La sentencia, que además de condenarlo a devolver el dinero lo condena a asumir las costas, contiene un voto particular, que asegura que la prueba practicada no permite excluir «dudas mínimas, pero razonables» de su culpabilidad, y solicita su absolución.