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20/11/2025. 23:27:28
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El pleno de la Sala de lo Contencioso del TSXG homologa el convenio de mediación alcanzado en el pleito del antiguo edificio de Fenosa

CGPJ

Con el acuerdo suscrito por las partes se evitará el coste público que supondría el derribo del inmueble, así como la reconstrucción de la antigua edificación, cuya legalidad estaría también comprometida al no ajustarse al planeamiento vigente.

Mazo

El pleno de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, reunido hoy, ha homologado por mayoría los acuerdos de mediación presentados por las partes para la ejecución de la sentencia dictada en el pleito del antiguo edificio de Fenosa, en la ciudad de A Coruña.

Dichos acuerdos se concretan en el reconocimiento de los daños morales sufridos por la demandante y la comunidad de propietarios, en la confección de un catálogo de buenas prácticas urbanísticas para que situaciones como la del objeto de sentencia no vuelvan a repetirse y en la construcción de 50 viviendas de protección oficial en el Parque Ofimático, así como en una indemnización para la demandante y su esposo por dichos daños morales y los costes asumidos en el procedimiento judicial. El Ayuntamiento se compromete asimismo a iniciar las actuaciones urbanísticas necesarias para la legalización del antiguo edificio de Fenosa como inmueble singular.

Con el acuerdo alcanzado por las partes en el convenio de mediación se evitará el coste público que supondría el derribo del edificio, estimado en alrededor de 60 millones de euros, así como la reconstrucción de la antigua sede de Fenosa, cuya legalidad estaría también comprometida al no ajustarse al planeamiento vigente.

Además de constatar que los acuerdos no son contrarios al ordenamiento jurídico, ni lesivos para el interés general o los derechos de terceros, el tribunal ha tenido en cuenta para homologar el convenio las singularidades de este caso concreto, por lo que no es extrapolable de forma directa a otras situaciones de derribo. La Sala recuerda que desde el año 1997, cuando se presentó la demanda, no se han personado en la causa más partes que las que suscriben la petición de homologación, por lo que dado el amplio conocimiento público del asunto y el tiempo transcurrido, cualquier nueva petición relacionada con el caso habrá de entenderse, en principio, como un abuso de derecho.

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