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23/10/2025. 22:01:24
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Sobre los límites de la promoción artística en el espacio público: ¿cabe sanción a Rosalía por el evento en Callao?

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  • Dos expertos examinan las posibles responsabilidades derivadas de la presentación sorpresa con la que la cantante dio a conocer su nuevo disco en Madrid

La presentación sorpresa del nuevo disco de Rosalía, LUX, en la plaza de Callao de Madrid, ha derivado en una controversia legal que va más allá del ámbito musical. El evento, que congregó a más de 500 personas sin contar con autorización previa del Ayuntamiento ni de la Delegación del Gobierno, según informa Europa Press, ha abierto el debate sobre si la artista o su equipo podrían enfrentarse a sanciones por incumplir la normativa municipal y las leyes que regulan el uso del espacio público y las concentraciones ciudadanas.

El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, ha asegurado que el Consistorio «sigue estudiando lo ocurrido» para determinar si cabe imponer sanciones, subrayando que durante la actuación, que finalmente no pudo darse por exceso de público, «se puso en peligro la integridad física de las personas» y se produjeron «alteraciones graves de seguridad». Según el atestado policial, el dispositivo de emergencia tuvo que movilizar agentes antidisturbios, cortar accesos al Metro y desviar el tráfico en la Gran Vía para evitar incidentes entre los asistentes.

Por su parte, el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, ha confirmado que su institución no recibió ninguna comunicación sobre el acto y ha apoyado que el Ayuntamiento investigue lo sucedido, aunque ha recordado que el propio Consistorio «ha provocado en otras ocasiones» situaciones similares por falta de coordinación.

Este cruce de declaraciones entre administraciones ha reavivado el debate sobre los límites de la promoción artística en el espacio público y las posibles responsabilidades administrativas que podrían derivarse de actuaciones sin autorización. Jesús Redondo, de act legal Spain, y Francisco García Gómez de Mercado, de Auren Legal, comentan las implicaciones que podría tener ese evento.

Jesús Redondo, director de los departamentos de Contratación Pública y Real Estate y Urbanismo de act legal Spain

● «En un caso como el de Rosalía, lo primero que hay que determinar es si existía o no autorización previa para la ocupación del espacio público», explica Jesús Redondo, director del Departamento de Real Estate y Urbanismo de act legal Spain. «En Madrid, cualquier evento que implique una actividad artística o recreativa en la vía pública requiere una autorización expresa del Ayuntamiento, precisamente para garantizar la seguridad, el tránsito y el uso equilibrado del espacio por todos los ciudadanos. Si no se ha tramitado esa autorización, podemos encontrarnos ante una infracción administrativa de carácter muy grave», señala.

● Respecto a las posibles sanciones, Redondo aclara que «la normativa contempla para las infracciones muy graves, multas que pueden partir de 60.001 euros y alcanzar los 600.000, o incluso llegar al doble del beneficio obtenido si se demuestra que la infracción resultó más rentable que el cumplimiento de la ley». No obstante —matiza— «será necesario comprobar las circunstancias concretas del evento para determinar la cuantía final de la sanción».

● Para el director de los departamentos de Contratación Pública y Real Estate y Urbanismo de act legal Spain, el caso debe servir como advertencia general: «Hoy en día, las redes sociales pueden movilizar a cientos de personas en cuestión de minutos, pero eso no exime de responsabilidad sus responsabilidades administrativas a quienes impulsan eventos multitudinarios en espacios públicos. Artistas, influencers, empresas o particulares deben ser conscientes de que el uso de un espacio público está sometido a control administrativo, y que la normativa no distingue entre una campaña de marketing o una manifestación improvisada: en ambos casos, hay que cumplir con la ley».

● En opinión de Redondo, este tipo de situaciones ponen de relieve la necesidad de reforzar la conciencia jurídica en torno al uso del espacio público. «No se trata solo de evitar sanciones, sino de comprender que el control previo de las actividades tiene una finalidad esencialmente preventiva: garantizar la seguridad de las personas, el orden en la vía pública y la convivencia entre los distintos usos urbanos», explica. «La normativa no pretende limitar la expresión artística ni las acciones promocionales, sino asegurar que se desarrollen en condiciones adecuadas y con respeto al resto de ciudadanos. En definitiva, el cumplimiento de la ley es también una forma de proteger el propio evento y su éxito».

Francisco García Gómez de Mercado, socio de Auren Legal.

La Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid de 1997 considera como «espectáculos públicos» aquellos actos «organizados con el fin de congregar al público en general para presenciar actividades, representaciones o exhibiciones de naturaleza artística, cultural o deportiva». Por tanto, la organización de un acto para congregar al público para un lanzamiento musical podría entrar dentro de esa categoría. Conforme a dicha Ley, la utilización de la vía pública para la realización de espectáculos y actividades recreativas requerirá la previa obtención de autorización municipal.

Llevar a cabo la actividad sin autorización previa se considera infracción muy grave. Este tipo de infracciones puede ser sancionado con multa entre 60.001 y 600.000 euros, pudiendo añadir la inhabilitación para la organización o promoción de los espectáculos y actividades recreativas si implican grave alteración de la seguridad y salud pública.

Las declaraciones del Alcalde sobre posibles sanciones tiene, por tanto, base legal. Y no sólo eso: la relativa novedad de estas convocatorias por redes sociales y su posible reiteración contribuirán seguramente a que el Ayuntamiento abra el correspondiente expediente, no solo en atención a este caso concreto sino para evitar que estas situaciones se multipliquen.

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