- Ha destacado la importancia de este órgano consultivo, además de apostar por el diálogo y el consenso
La Fiscal General del Estado, Teresa Peramato, ha tomado posesión como presidenta del Consejo Fiscal en un acto celebrado este martes en la sede de la Fiscalía General, en Madrid, y ha destacado la importancia de este órgano consultivo, además de mostrar su “voluntad de comunicación abierta” con todos los integrantes del Consejo.
“Quiero expresar mi voluntad de diálogo y la necesidad, el deseo que tengo de que alcancemos el mayor consenso posible. Sobre todo, mi voluntad de que seamos capaces de trasladar a toda la carrera y a la sociedad en su conjunto el prestigio de nuestra institución, que, para mí, es innegable”, ha afirmado.
En el acto, previo a la reunión del Consejo Fiscal, Peramato ha prometido el cargo frente a un ejemplar de la Constitución Española, abierto en el artículo 124, dedicado al Ministerio Fiscal.
La Fiscal General ha estado acompañada por las vocales natas del Consejo Fiscal, la Teniente Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo, Mª Ángeles Sánchez Conde, y la Fiscal Inspectora Jefa, Mª Antonia Sanz Gaite; además del resto de vocales. También han asistido numerosos miembros de la Secretaría Técnica, la Inspección Fiscal y la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado.
Según establece el artículo 14 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, al Consejo Fiscal le corresponde, entre otras funciones, asegurar la unidad de actuación del Ministerio Fiscal, asesorar al Fiscal General del Estado, informar sobre nombramientos y ascensos, resolver expedientes disciplinarios, conocer los planes de inspección y formación e informar sobre proyectos normativos que afecten a la estructura y funciones del Ministerio Fiscal.
El Estatuto Orgánico también establece que el Consejo Fiscal se constituye bajo la Presidencia de la Fiscalía General del Estado y que sus miembros electos se elegirán por un período de cuatro años, atendiendo al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, con un mínimo del cuarenta por ciento por sexo.
