LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

14/12/2025. 21:59:54
14/12/2025. 21:59:54

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

El Gobierno recurre el auto del Supremo que le obliga a hacerse cargo de mil menores migrantes en Canarias

Europa Press

El Gobierno ha presentado un recurso contra el auto del Tribunal Supremo (TS) que le obliga a acoger a más de mil menores migrantes no acompañados solicitantes de asilo que se encuentran actualmente bajo tutela de los servicios de protección de Canarias, después de la semana pasada el órgano judicial diera un plazo de diez días al Ejecutivo para que garantice el acceso de dichos menores al Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional.

El recurso, según ha adelantado ‘El País’ y han confirmado a Europa Press fuentes jurídicas, la Abogacía del Estado sostiene que la competencia para la acogida de estos menores corresponde a la comunidad autónoma canaria, independientemente de que hayan solicitado protección internacional.

El Supremo dictó el pasado 26 de marzo una medida cautelar que obligaba al Gobierno de Pedro Sánchez a garantizar en diez días la acogida de unos mil menores migrantes no acompañados que actualmente se encuentran en las islas y que han solicitado asilo o han manifestado su voluntad de hacerlo, describiendo la situación de estos como «insostenible».

Los magistrados explicaron que en estos momentos «estos menores no acompañados solicitantes de asilo se encuentran a cargo exclusivamente del sistema de protección de menores de la comunidad autónoma», sin que conste que se haya puesto a disposición de los mismos los recursos, programas y mecanismos propios de este sistema de acogida para los solicitantes de asilo a cargo de la Administración del Estado, «sistema al que estos menores tienen pleno derecho».

«En la actual situación resulta urgente que se garantice el acceso de estos menores no acompañados solicitantes de asilo al sistema estatal de acogida del que no pueden permanecer al margen, por lo que dicho acceso debe acordarse como medida cautelar», resolvió la Sala Tercera, en una resolución de la que fue ponente la magistrada Ángeles Huet.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.

Resumen de privacidad

Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia mientras navegas por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. Estas cookies no requieren el consentimiento del usuario. También utilizamos cookies de terceros: analíticas, que nos ayudan a analizar y comprender cómo utilizas este sitio web, y publicitarias, para generar audiencias y ofrecer publicidad personalizada a través de los hábitos de navegación de los usuarios. Estas cookies se almacenarán en tu navegador solo con tu consentimiento. También tienes la opción de optar por no recibir estas cookies. La exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar a tu experiencia de navegación.