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13/07/2025. 22:33:22
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Libertad provisional comunicada y sin fianza para Juana Rivas

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Incluye el auto

El juez del Juzgado de Guardia de Granada ha acordado la libertad provisional -comunicada y sin fianza- de Juana Rivas, mujer a la que se sigue investigando por los presuntos delitos de sustracción/retención ilegal de menores y desobediencia a la autoridad judicial.

Custodia

Tras una larga declaración, en la que la detenida sólo ha contestado a las preguntas de su Defensa, el juez ha considerado que la gravedad de la pena del presunto delito que Juana Rivas haya podido cometer no justifica la medida excepcional de prisión provisional, como ha solicitado la Fiscalía

El juez ha considerado también para acordar la libertad provisional de J.R.  la no existencia de antecedentes penales de la detenida, el arraigo social que no hace suponer riesgo de fuga y la circunstancia de estar litigando en la actualidad en otros Juzgados. Para el juez de guardia, que tan solo ha resuelto la situación personal de la investigada Juana Rivas,  la "alarma social" nunca justificaría una medida tan grave como es la prisión provisional.

El juez de guardia se inhibe ahora de las presentes actuaciones a  favor del Juzgado de Instrucción N.2 de Granada que seguirá con las investigaciones de unas actuaciones que pueden ser constitutivas de delito. Siguen vigente, además, la entrega de los niños al padre como se ha acordado tanto por la vía civil como por la vía penal.

Nota aclaratoria del CGAE sobre su asesora legal

Por otra parte, y "ante las múltiples consultas recibidas con relación a si María Francisca Granados Asensio actúa en calidad de abogada de Juana Rivas", el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) hizo ayer pública una nota de prensa en la que manifestó su deseo "de aclarar que María Francisca Granados no figura inscrita en la actualidad como colegiada en el Censo de Letrados de ningún Colegio de Abogados de España".

Esta persona se ha presentado ante los medios de comunicación como la asesora legal de Juana Rivas. Según añade el CGAE, María Francisca Granados no ostenta por tanto la condición de letrada, por lo que no está legitimada para ejercer ninguna de las funciones inherentes al ejercicio profesional de la abogacía. En consecuencia, cualquier actuación suya en este ámbito se encontraría al margen del debido control deontológico y de cumplimiento de los deberes profesionales que realizan los Colegios de Abogados y este Consejo General, dentro de las misiones que tienen encomendadas.

Acceda al auto de libertad provisional

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