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Condenado a dos años de prisión por registrar a su nombre numerosas propiedades con documentos falsificados

CGPJ
  • El acusado y sus padres, con sentencias por falsificación y estafa agravada, simulaban documentos de compraventa y escrituras de donación con los que acudían al Registro de la Propiedad

La Audiencia Provincial de Asturias ha condenado al acusado de un delito continuado de falsedad en documento oficial en concurso medial con otro continuado de estafa a dos años de prisión y multa de 2.400 euros por registrar de forma fraudulenta a su nombre numerosas fincas. Además, le impone el abono de 2.114,56 euros en indemnizaciones y declara la nulidad de las inscripciones realizadas en el Catastro y Registro de la Propiedad para intitular las posesiones a nombre de los perjudicados.

La sentencia, de conformidad, relata que entre los años 2007 y 2014, el acusado Lorenzo, en connivencia con sus progenitores (el padre fallecido y respecto a la madre, con sobreseimiento provisional y archivo de la causa por auto de 7/12/2023), guiado por el propósito de intitular a su nombre fincas de propiedad ajena, en multitud de ocasiones acudió a las dependencias de la Gerencia Regional del Catastro de Oviedo o al Registro de la Propiedad de Cangas del Narcea, aportando diversa documentación, entre la que se encontraban documentos privados de compraventa por ellos simulados, aparentando la intervención y la firma de los legítimos propietarios de fundos, de los cuales supuestamente, adquirían los mismos sin saberlo aquellos; y/o escrituras de donación por las que se le trasmitían al primero predios de los cuales el donante no era su titular legítimo, sino sus propios progenitores, elaborados con el único propósito de presentarlos ante dichos organismos, incorporándolos al tráfico jurídico, creando así una apariencia de legitimidad respecto a su propiedad para procurarse la perseguida inscripción.

Los tres habían sido condenados en noviembre de 2017 por un delito de falsificación de documentos privados y estafa agravada a la pena de cuatro años de prisión y multa. Y en julio de 2019 por un delito de frustración en la ejecución a dos años de prisión y multa.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala Civil y Penal del TSJ de Asturias.

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