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31/10/2025. 15:38:25
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La Audiencia Nacional rechaza las compensaciones que pidieron Ferrovial y Acciona por el impacto del Covid en una autovía

Europa Press
  • La sentencia subraya que el contrato de concesión debe cumplirse según sus cláusulas, lo que implica que la frustración de las expectativas económicas del concesionario no le libera de sus obligaciones ni genera derecho a compensación

La Audiencia Nacional ha rechazado un recurso presentado por la concesionaria de un tramo de la autovía Vía de la Plata contra una resolución del Gobierno que impedía compensar a la empresa por el descenso del tráfico, derivado de las restricciones a la movilidad impuestas para frenar el avance del Covid-19 en 2020.

La sentencia de finales del pasado mes de septiembre consultada por Europa Press recuerda que estas restricciones fueron generales, imperativas y de obligado cumplimiento para toda la sociedad, por lo que los concesionarios, como cualquier ciudadano, tenían el deber jurídico de soportar sus consecuencias sin derecho a indemnización, salvo declaración de inconstitucionalidad con efectos reparadores, lo que no ocurrió.

«No debe olvidarse que la pandemia y la crisis económica subsiguiente afectó a toda la población y a toda la actividad económica del país sin que las pérdidas generadas por esta situación hayan sido reparadas para el resto de los contratos en los términos pretendidos por el recurrente, ni tampoco ha motivado un derecho a la compensación por responsabilidad patrimonial», indica la sentencia.

Cláusulas de riesgo

El tramo en concreto es la A-66 entre Zamora y Benavente, adjudicada en 2012 a un consorcio formado por Meridiam, Ferrovial y Acciona por 998 millones de euros y un plazo de construcción y posterior operación de 30 años. En 2020, Acciona vendió su 25% a Meridiam y Bestinver (la gestora de Acciona) y, en 2024, Ferrovial también vendió su 25% a Interogo, el fondo de los dueños de Ikea.

El recurso presentado en 2022, cuando los tres accionistas originales todavía estaban presentes en la empresa, pedía revisar los indicadores de tráfico sobre los cuales recibe los pagos del Estado, tras haber descendido éste significativamente durante los sucesivos confinamientos.

«El contrato de concesión debe cumplirse de acuerdo con sus cláusulas, de riesgo y ventura, que determina que la frustración de las expectativas económicas asumidas por el concesionario no le autoriza para librarse de sus obligaciones», argumenta la resolución de la AN.

Además, se le condena a la concesionaria al pago de las costas procesales por un importe máximo de 3.000 euros. En cualquier caso, la sentencia es susceptible de recurso de casación, que deberá prepararse en el plazo de 30 días.

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