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30/04/2024. 09:03:37

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Una nueva ley como vía de futuro y reconstrucción del deporte español

Desde la aprobación de la Constitución Española de 1978, los poderes públicos están obligados al fomento de la actividad deportiva (art. 42), todo ello encuadrado dentro del principio de protección a la salud, sin desmerecer su dimensión como actividad de ocio y entretenimiento. En España, la regulación normativa del deporte ha pasado por diversas etapas:

  1. En primer lugar, una primera fase (1939-1975) en la que primó el interés por la regulación del asociacionismo deportivo. Durante aquellos años, el franquismo centró sus esfuerzos en el control político e ideológico del deporte y los deportistas.
  2. La segunda fase (1975- 1990) viene marcada por la democratización y apertura del deporte. La Constitución Española de 1978 implicó la difusión generalizada de la práctica deportiva en la ciudadanía. De igual forma, se produjo una apertura del asociacionismo deportivo y se creó el Consejo Superior de Deportes, como organismo autónomo para el ejercicio de las competencias estatales en materia deportiva.
  3. Por último, puede diferenciarse una tercera etapa (1990-Actualidad) iniciada por la entrada en vigor de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte. Probablemente, una palabra puede resumir toda esta etapa: Profesionalización. El texto normativo que sustituyó a la Ley 13/1980, de 31 de marzo, General de la Cultura Física y del Deporte, ha implantado los esquemas organizativos de las competiciones deportivas profesionales. Entre las exigencias contempladas, sobresale la obligatoria conversión en Sociedades Anónimas Deportivas de las entidades que deseen competir en las competiciones profesionales.

Sin embargo, pese a los avances experimentados en las estructuras organizativas del deporte, el régimen jurídico vigente adolece de una serie de problemas y carencias estructurales que pueden ensombrecer el futuro del deporte en nuestro país. En estos momentos, el deporte español precisa de un nuevo proyecto legislativo como una vía de futuro y reconstrucción estructural.

A mayor abundamiento y como una de las controversias centrales, la actividad deportiva está muy publificada, debido en buena parte a la labor legislativa emprendida por el Estado y las Comunidades Autónomas. De hecho, el Tribunal Constitucional ha reconocido esta realidad en los siguientes términos:

«Encuadrada la cuestión en la materia “deporte”, hay que poner de relieve que la Constitución no contiene reserva competencial alguna a favor del Estado en el art. 149 CE(….)Con esta perspectiva, la alusión contenida en el art. 148.1.19 CE —según el cual las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias sobre “la promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio”— tiene ciertamente un valor hermenéutico, en relación a la voluntad constitucional de que dicha materia sea asumida por las Comunidades Autónomas, que no puede ignorarse».

Adicionalmente, el legislador de 1990 no tuvo en cuenta otras necesidades surgidas sobre la actividad deportiva, como una definición más precisa de las competiciones no profesionales, la introducción de prácticas de buen gobierno o la cooperación institucional, entre otros.

En términos generales, ¿cuáles deben ser los objetivos de una nueva Ley del Deporte? El deporte español requiere de una nueva norma que contemple las siguientes propuestas:

  1. En atención a los aspectos económicos, organizativos y laborales, debe realizarse el reconocimiento del deporte profesionalizado como una realidad intermedia entre el deporte profesional y amateur.
  2. La promoción del deporte universitario y el deporte base o de cantera.
  3. El fomento de la cooperación institucional en materia deportiva, a través de la creación de instituciones de diálogo como una Conferencia Sectorial del deporte que armonice los intereses estatales y autonómicos en torno al deporte.
  4. Desde una dimensión estrictamente práctica, el nuevo proyecto legislativo debe ser realizado desde una amplia perspectiva, lo que puede contribuir a la eliminación de la dispersión normativa y las lagunas jurídicas.
  5. La puesta en marcha de normas de transparencia y Buen Gobierno específicas para el deporte.

Algunas de estas propuestas ya están incluidas en el Anteproyecto de Ley del Deporte, aprobado por el Consejo de Ministros el día 1 de febrero de 2019. A pesar de estas buenas intenciones, todavía queda lo más importante: el compromiso institucional y la implicación de todos los agentes del deporte. Como ha ocurrido en otros momentos históricos, el deporte acabará adaptándose a los retos del futuro en una continua reinvención en todos sus ámbitos.

 

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