Orden ESS/1784/2012, por la que se atribuyen funciones operativas a los Directores Territoriales de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha dispuesto mediante Orden Ministerial la asignación de nuevas funciones a las Direcciones Territoriales de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en las Comunidades Autónomas. A partir de esta semana los organismos territoriales desarrollan acciones sobre sectores, situaciones o empresas cuya actividad rebase el ámbito provincial y no exceda el de la Comunidad Autónoma. Todo ello, según indica el texto legal, sin incrementar los recursos humanos y materiales de que disponen.
Lo que se pretende es que los inspectores y subinspectores adscritos a las Direcciones Territoriales puedan extender su actividad a todo el territorio de la Comunidad Autónoma y que además puedan servir como estructuras de intercambio de información con la Dirección Especial (que tiene competencias sobre todo el territorio nacional) y con las Inspecciones Provinciales.
El Gobierno termina de esta forma el desarrollo de la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, cumpliendo con lo establecido en el Plan de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social 2012-2013 y de acuerdo con el Proyecto de Ley Orgánica que modifica el Código Penal en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social.



Total de actuaciones realizadas, infracciones en acta, importe de las sanciones y trabajadores afectados por infracciones, por comunidad autónoma y provincia en 2011. Fuente: Inspección de Trabajo
Nuevas competencias de los Directores Territoriales
Entre las nuevas tareas inspectoras de las Direcciones Territoriales están, aparte de aquéllas que le asigne la Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social:
- Perseguir el trabajo no declarado a la Seguridad Social y el fraude en la obtención de prestaciones del Sistema.
- Velar por el cumplimiento de la obligación de cotizar.
- Combatir el uso fraudulento de bonificaciones o reducciones de cuotas.
Todas estas funciones están en línea con el objetivo gubernamental de combatir con todos los medios el trabajo no declarado y el fraude a la Seguridad Social.
Para llevar a cabo este nuevo cometido, los Directores Territoriales tendrán facultades de organización, ejecución y seguimiento de operaciones y de actuaciones sobre sujetos, situaciones o sectores de actividad que puedan operar dentro del territorio de una Comunidad Autónoma.
De esta forma la máxima autoridad de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en una Comunidad Autónoma podrá actuar de forma más efectiva en la lucha contra el fraude
Los Directores Territoriales dirigirán la investigación de posibles supuestos de fraude cuando las empresas operen con estructuras descentralizadas en distintas provincias y territorios como ocurre en los supuestos de contratas y subcontratas de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de la empresa principal.