El Consejo General de la Abogacía Española ha reclamado este jueves la aplicación efectiva de las recientes reformas normativas que hacen posible la conciliación en el ejercicio profesional, y ha solicitado la supresión de la «discrecionalidad» en la concesión de suspensiones de vistas para los supuestos contemplados en la ley.
La Abogacía ha lamentado en un comunicado que el derecho a la suspensión de señalamientos y plazos procesales en supuestos como hospitalización o enfermedad grave, amparados por una reciente reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, «no siempre se respete en la práctica» y que «todavía se estén produciendo denegaciones contrarias a la nueva normativa«.
Según ha afirmado la entidad, esta situación se ha puesto de manifiesto en Zamora, donde se han constatado varias denegaciones de suspensión, tanto en casos de hospitalización, como de prescripción médica de reposo en las que se solicitó la suspensión de un interrogatorio señalado o de una vista de modificación de medidas, ambos casos en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción 4.
A pesar de haber presentado los correspondientes justificantes médicos detallando en un caso el ingreso hospitalario y en otro la prescripción de reposo y, por tanto, la imposibilidad de ejercer, el juez denegó la suspensión e instó a remitir las preguntas por escrito en lugar de fijar una nueva fecha, en uno de los casos y denegó también en el otro, considerando que el reposo no significa que no se pueda acudir a juicio, en otro de ellos, ha señalado.
La decana del Colegio de Abogados de Zamora, Ana Martín, ha trasladado su «contrariedad y preocupación» sobre este asunto al Consejo General, que, a través de su Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia, está ya realizando, junto con el propio Colegio de Zamora, las actuaciones oportunas para tratar esta situación ante las diferentes instituciones afectadas.
La Abogacía ha insistido en que «denegar suspensiones en estos supuestos no solo vulnera derechos profesionales, sino que compromete la calidad del servicio público de la Justicia y el derecho de defensa de las personas representadas».
Además, ha señalado que «infringe la normativa vigente como la Ley Orgánica del Derecho de Defensa, que garantiza la conciliación de la vida personal y profesional de los abogados, permitiéndoles solicitar suspensiones de procedimientos judiciales por causas justificadas como maternidad, paternidad, enfermedad o cuidado de familiares«.
Según ha sostenido, la norma refuerza el amparo colegial, asegurando que los abogados puedan ejercer su labor sin presiones y garantizando un acceso a la justicia más digno y equitativo para los ciudadanos.
La Abogacía también ha indicado que en junio se aprobó el nuevo Reglamento de Amparo Colegial, que refuerza la protección de los profesionales ante actuaciones que perturben o dificulten injustificadamente el ejercicio de la defensa.

