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19/12/2025. 14:02:40
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ESG, inteligencia artificial y el principio de plena competencia: ¿costes de accionista o creación de valor?

Juliette Torres Ramos

International Tax & Transfer Pricing

Durante años, hablar de ESG (Environmental, Social and Governance) en las empresas era sinónimo de reputación, cumplimiento y “buenas prácticas”. Era un ámbito tradicionalmente vinculado a la comunicación o a las relaciones institucionales, y rara vez se asociaba con cuestiones fiscales.

Sin embargo, en mi opinión, ese enfoque ha quedado atrás.

Hoy, los grupos multinacionales destinan presupuestos cada vez más relevantes a iniciativas de sostenibilidad: desde sistemas de trazabilidad y plataformas de reporte, hasta modelos predictivos de riesgos climáticos y auditorías automatizadas de proveedores. El grado de involucración, por supuesto, varía según la industria. A todo ello se suma, cada vez más, la incorporación de la inteligencia artificial.

Estas inversiones no solo suponen un coste significativo, sino que también pueden generar valor y repercutir directamente en la rentabilidad del grupo. Por este motivo, de forma inevitable, pasan a formar parte del radar de precios de transferencia. La pregunta ya no es si ESG impacta fiscalmente, sino cómo se encuadra en el contexto actual de la fiscalidad y los precios de transferencia.

Por un lado, el auge de las iniciativas ESG responde a la necesidad de que las empresas identifiquen, prevengan, mitiguen y rindan cuentas de los impactos adversos en sus operaciones y cadenas de suministro. Para implementar estas iniciativas, las matrices de los grupos multinacionales deben realizar inversiones importantes para garantizar el cumplimiento de los principios ESG en toda su estructura y operativa.

La puesta en marcha de estas políticas, muchas veces de cumplimiento obligatorio, conlleva un coste y una carga administrativa interna que, en principio, podría ser asumida principalmente por la entidad matriz, como responsable de la buena gobernanza del grupo. Desde la perspectiva de precios de transferencia, surge la duda: ¿estos gastos asociados a la buena gobernanza del grupo se consideran costes de accionista?

Recordemos que, en precios de transferencia, los costes de accionista son aquellos vinculados a actividades que un miembro del grupo realiza únicamente en su calidad de accionista, es decir, por intereses propios en otros miembros del grupo, y por los que un tercero independiente no estaría dispuesto a pagar.

Sin embargo, bajo el prisma actual del ESG, cabe preguntarse si se trata solo de costes asociados a la buena gobernanza o si, en realidad, los grupos multinacionales han dado un paso más allá. Hoy, el ESG implica sistemas que evitan sanciones regulatorias, mejoran en ocasiones la posición financiera de un grupo y sus miembros, impactan positivamente en la política medioambiental al reducir emisiones e, incluso, permiten operar en determinados mercados. Por supuesto, el impacto real de estas iniciativas debe analizarse caso por caso, atendiendo al grado de implementación, el sector y las particularidades de cada grupo, pero su relevancia es innegable.

Además, es importante considerar el papel creciente de la inteligencia artificial. La tendencia apunta a una inversión cada vez mayor en IA por parte de las empresas, por lo que es previsible que, si no ocurre ya, la mayoría de las estrategias ESG incorporen elementos significativos de inteligencia artificial: algoritmos para monitorizar operaciones y cadenas de suministro, optimizar el consumo energético, automatizar el reporting o el cumplimiento ESG, y detectar riesgos, entre otros.

En este contexto, la cuestión clave es si estamos ante un gasto sin beneficio directo o ante actividades que realmente crean valor económico para el grupo. Y, en caso afirmativo, ¿esa creación de valor puede incluir el desarrollo de intangibles? Si es así, ¿qué reglas de precios de transferencia serían aplicables?

En muchas ocasiones, las empresas no identifican estos desarrollos como intangibles, aunque en la práctica podrían serlo: algoritmos propios, bases de datos ESG, modelos predictivos o know-how sostenible. Si estos activos se crean dentro del grupo, son únicos y generan beneficios económicos, el análisis DEMPE se vuelve imprescindible. El reto está en identificar la creación de estos intangibles y determinar si cumplen con la normativa de precios de transferencia aplicable. Además, es frecuente que este tipo de intangibles no se vendan ni se licencien entre terceros independientes, por lo que no existen comparables claros en el mercado, lo que complica la aplicación del principio de plena competencia.

En definitiva, el reto para los grupos multinacionales cobra cada vez mayor relevancia: identificar y valorar adecuadamente las iniciativas ESG y el papel de la inteligencia artificial en la cadena de valor está ganando peso y se perfila como un aspecto clave en la agenda corporativa. Mapear el uso de la IA, analizar la creación de valor y ajustar el reparto de costes a la realidad de cada grupo son pasos fundamentales para alinear la narrativa ESG con los precios de transferencia y garantizar el cumplimiento normativo y fiscal. El entorno es cambiante, la regulación avanza y las expectativas no dejan de crecer. En este escenario, anticiparse y definir políticas fiscales alineadas con la realidad ESG no solo es recomendable, sino que puede marcar la diferencia a la hora de afrontar los desafíos presentes y futuros.

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Actualmente, los estados son cada vez menos soberanos para implementar medidas fiscales de calado internacional. Los sistemas fiscales son muy similares y sus novedades prácticamente uniformes. Principalmente porque necesitan contar con un consenso supranacional, la Unión Europea en el caso de España, o es necesaria una unidad de actuación y coordinación de intereses comunes como es la OCDE. Por lo tanto, todo lo que acontece fuera de nuestras fronteras, en mayor o menor medida, acabará influenciando la normativa española y su interpretación.

Por lo tanto, este blog nace con la idea de tratar desde un punto de vista práctico, crítico y ameno todas aquellas novedades fiscales que tienen lugar en el ámbito internacional que afecten o puedan acabar afectando a nuestro sistema fiscal español, y por tanto, a empresas españolas con presencia internacional o empresas extranjeras con presencia en España. Igualmente, el propósito de este blog es comentar y compartir con todos los lectores aquellos trabajos, estudios o artículos preparados por universidades y periódicos extranjeros especializados en fiscalidad internacional que aporten un punto de vista adicional y diferente a las fuentes tradicionales.

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