Fernández Bermejo trata con sus homólogos europeos las prioridades de la presidencia checa en el ámbito de la Justicia.
Los ministros de Justicia de la Unión Europea han abordado el futuro del reconocimiento mutuo de decisiones en el ámbito penal. Mariano Fernández Bermejo, defendió la aplicación de este principio en todos los ámbitos de la cooperación judicial penal en las que no sea posible una armonización sustantiva o procesal de las distintas normas penales de cada país.
No existe un Derecho penal europeo propiamente dicho. Los tribunales nacionales aplican los códigos respectivos. La aplicación de una sentencia penal en un Estado miembro distinto de aquél que ha tomado la decisión tropieza frecuentemente con obstáculos administrativos, la lentitud del procedimiento o la falta de confianza entre los Estados afectados.
Fernández Bermejo ha apelado, en este sentido, al espíritu que posibilitó la creación y aplicación de la Orden Europea de Detención y Entrega; introducida en el ordenamiento jurídico español a través de la Ley Orgánica 3/2003.
La Ley cumple con lo establecido en la Decisión marco correspondiente, de junio de 2002, que introdujo modificaciones sustanciales en el procedimiento clásico de extradición, que ha desaparecido a través de las relaciones de cooperación entre los Estados miembros de la Unión Europea, al dar paso a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo.
Para el Ministro, la Orden Europea de Detención y Entrega representa "un instrumento imprescindible para avanzar en la construcción de un verdadero espacio europeo de Justicia, en beneficio de todos los ciudadanos" de cara a seguir avanzando en la aplicación del principio de reconocimiento mutuo en materia penal. Es una resolución judicial dictada en un Estado miembro, cuya finalidad es la detención y entrega por otro Estado miembro de una persona a la que se reclama para:
- El ejercicio de acciones penales.
- La ejecución de una pena o ejecución de una medida de seguridad privativa de libertad (entrega para el cumplimiento de condena).
El Principio de reconocimiento mutuo de decisiones en el ámbito de lo penal ha sido tratado recientemente por la Decisión Marco 2008/909/JAI del Consejo de 27 de noviembre de 2008, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sentencias en materia penal por las que se imponen penas u otras medidas privativas de libertad a efectos de su ejecución en la Unión Europea. En este sentido, ya se había avanzado algo respecto a las sanciones pecuniarias.
En este primer Consejo informal que se celebra bajo la presidencia de la República Checa, también se ha debatido sobre el futuro de la cooperación judicial en materia de Derecho de familia y de sucesiones. El Ministro de Justicia español destacó la necesidad de "contar con un instrumento que facilite la determinación del título sucesorio a través, por ejemplo, de la interconexión de los registros de testamentos de los distintos Estados miembros".