EY elabora el primer estudio que analiza el desarrollo digital de comunidades autónomas, diputaciones y ayuntamientos desde la perspectiva del usuario, evaluando las obligaciones que la Ley impone sobre esta materia País Vasco, Galicia, Cataluña, Asturias y Madrid son las comunidades autónomas con mayor índice de cumplimiento básico de las obligaciones de transformación digital previstas en la norma Las diputaciones de Guipúzcoa, Sevilla, Almería, Vizcaya y el Cabildo de Gran Canaria son las más avanzadas en los requerimientos básicos exigidos Los ayuntamientos de Valencia, Hospitalet, Málaga, Madrid y Barcelona son los que presentan una mejor experiencia digital para los ciudadanos
Las administraciones públicas españolas deben abordar un plan estratégico integral de transformación digital que les permita adaptarse a la nueva realidad que necesitan ciudadanos y empresas. Una exigencia recogida, además, en la Ley, que aún está lejos de cumplirse.
Así se pone de manifiesto en el estudio "La Administración Digital en España" de EY, el primero que analiza el grado de madurez digital de las administraciones públicas desde la perspectiva del usuario.
El informe concluye que todas las entidades del sector público analizadas (17 comunidades autónomas, 52 diputaciones y cabildos, y 21 de los ayuntamientos principales) suspenden a día de hoy a la hora de cumplir con todos los requerimientos básicos recogidos en la regulación vigente (Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, y 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público). Estas normas suponen un cambio de paradigma en la prestación de los servicios públicos y el funcionamiento de las administraciones públicas españolas y sientan las bases para su funcionamiento digital. La implantación de ambas normas es progresiva, teniendo que estar en vigor en su totalidad en octubre de 2020, tras la moratoria aprobada a finales de 2018.
Manuel Márquez, Socio de EY responsable de Consultoría de Sector Público, asegura que "el sector público español se encuentra ante el reto de transformarse digitalmente al mismo ritmo que lo hacen empresas y ciudadanos, solo así será capaz de dar respuesta a los retos de la sociedad. Para ello, es de vital importancia que se evalúen los planes ya fijados, los presupuestos destinados y se marquen objetivos ambiciosos. De no ser así, no será posible cumplir con los plazos que marca la ley, además del negativo impacto que ello conlleva en la relación de ciudadanos y empresas con la administración, que afectan a múltiples ámbitos".
Para la realización del estudio, EY ha identificado en estas dos leyes (39 y 40/2015) un total de 132 requerimientos. En la primera fase de trabajo, cuyas conclusiones están recogidas en el presente informe, se analizan desde el punto de vista de un usuario externo los avances conseguidos por las administraciones públicas en seis temáticas: portal web; sede electrónica; asistencia al ciudadano y a las empresas; identidad digital y firma electrónica; representación y registro electrónico, y comunicación y notificaciones. En una segunda fase se requerirá la implicación activa de las comunidades autónomas, diputaciones y cabildos, y ayuntamientos para examinar también el cumplimiento de las exigencias legislativas en las tres temáticas restantes: expediente, documento y archivo electrónico; interoperabilidad, y reutilización de la información.
El análisis realizado por EY, mediante el uso de analytics, señala que las comunidades autónomas cumplen de media el 77% de los requerimientos básicos contenidos en dichas leyes. El País Vasco es la comunidad autónoma más avanzada en funcionamiento digital, al cumplir el 94,7% de estas exigencias, seguido de Galicia (con un cumplimiento del 94,2%), Cataluña (93,5%), Asturias (90,2%) y Madrid (89,5%).
Por el contrario, Extremadura es la región con peor desempeño al cumplir menos de la mitad de los requerimientos básicos (concretamente, el 47,9%). A ésta le siguen Aragón (cumple el 51,2%), Navarra (66,5%), La Rioja (67,4%) y Castilla-La Mancha (71,4%).
En lo que respecta a las diputaciones y cabildos, el análisis de EY pone de manifiesto que cumplen de media el 64% de los requerimientos básicos. Las Diputaciones de Guipúzcoa, Sevilla, Almería, Vizcaya y el Cabildo de Gran Canaria son, por este orden, las que más se acercan a la digitalización básica que exigirá la Ley en 2020 al cumplir entre el 96,5% y el 81,4% de las exigencias contenidas en estas leyes. En el lado contrario figuran el Cabildo de La Gomera y las Diputaciones de Guadalajara, Cuenca, Toledo y Soria con porcentajes de cumplimiento que oscilan entre el 0,9% y el 37,2%.
Por su parte, el análisis realizado entre los principales ayuntamientos españoles determina que la media de cumplimiento básico se sitúa en un 64,5%. El consistorio de Valencia es el que mejor adecúa sus procedimientos digitales a los requerimientos básicos que marca la normativa (cumple el 87% de ellos), seguido de los Ayuntamientos de Hospitalet (82,8%), Madrid y Málaga (ambos con un 81,4%), y Barcelona (79,1%). Por el contrario, los Ayuntamientos de Mérida, Elche, Sevilla, Córdoba y La Coruña son los menos avanzados en funcionamiento digital, llegando a cumplir en el primer caso tan solo el 0,5% de las obligaciones básicas.
Principales conclusiones por temática analizada
Porcentaje de administraciones públicas analizadas que cumplen con el 100% de los requerimientos por temática:
1. Portal web: Es el punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponde a una administración pública, organismo público o entidad de derecho úblico que permite el acceso a través de Internet a la información publicada y, en su caso, a la sede electrónica correspondiente. 16 de las 17 comunidades autónomas (94,1%) cumplen el 100% de los requerimientos sobre esta materia recogidos en estas dos leyes, al contar con un portal web que permite realizar procesos de participación ciudadana por medios electrónicos en relación a proyectos de desarrollo normativo. En el caso de las diputaciones y cabildos, son 25 los que lo cumplen (el 48,1%), mientras que en los ayuntamientos son 13 de los 21 analizados en este estudio (es decir, el 61,9%).
2. Sede electrónica: Se refiere a la necesidad de contar con una dirección electrónica disponible para los ciudadanos, cuya titularidad es una administración pública, o bien uno o varios organismos públicos o entidades de derecho público. El estudio concluye que sólo ocho comunidades autónomas (47,1%)permiten que los ciudadanos puedan relacionarse con la administración a través de su sede electrónica al cumplir todos los requerimientos exigidos en esta materia en ambas leyes. En el caso de las diputaciones y cabildos, sólo cumplen 14 de ellos (26,9% del total), y en los ayuntamientos, el 57,1% (12 de los 21 analizados).
Entre las causas principales que explican este incumplimiento destacan la ausencia de procedimientos telemáticos y la imposibilidad de presentar de manera satisfactoria una solicitud en el registro electrónico.
3. Asistencia al ciudadano y empresas: Hace referencia a los canales puestos a disposición de los usuarios para que puedan relacionarse por medios electrónicos con la administración. En lo relativo a esta temática, 10 de las 17 comunidades autónomas (58,8%) cumplen el 100% de los requerimientos, un porcentaje que se sitúa en el 42,3% en las diputaciones y cabildos y en el 47,6% en el caso de los ayuntamientos (es decir, cumplen todas las exigencias 10 de los 21 ayuntamientos examinados).
4. Identidad digital y firma electrónica: La legislación exige que las administraciones no sólo ofrezcan sistemas de identificación y métodos de firma eficientes, sino que asistan a los ciudadanos y empresas en su utilización para que puedan relacionarse correctamente con la administración. En este sentido, sólo cuatro comunidades autónomas (23,5%), cinco diputaciones o cabildos (9,6%) y dos ayuntamientos de los 21 analizados (9,5%) cumplen todos los requerimientos sobre esta materia.
El estudio revela, además, que nueve comunidades autónomas no cumplen con dos de las principales exigencias sobre esta materia (utilización de sistemas de firma electrónica por parte de entidades públicas y usabilidad de los mismos) y se considera que no disponen de firma electrónica habilitada. Igualmente, esto sucede en el 67,3% de las diputaciones y cabildos y en el 66,7% de los ayuntamientos evaluados.
5. Representación y registro electrónico: Esta temática mide, desde el punto de vista del ciudadano, el grado de implantación de sistemas y registros de representación que le permiten apoderar a terceros, así como la disponibilidad de los sistemas necesarios para realizar el registro de entrada y salida de los documentos presentados o recibidos en cualquier órgano administrativo.
El análisis de EY concluye que ninguna de las comunidades autónomas y de los ayuntamientos analizados cumplen al 100% los dieciséis requerimientos sobre esta temática desde el punto de vista del ciudadano -sólo lo hace una diputación /cabildo-. Hay que tener en cuenta, en este sentido, que la moratoria aprobada en septiembre de 2018 afecta a los siguientes requerimientos, que entrarán en vigor en 2020: registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la administración y archivo único electrónico.
6. Comunicaciones y notificaciones: Sólo siete comunidades autónomas (41,2%), 12 diputaciones y cabildos (23,1%), y cuatro ayuntamientos de los 21 analizados (19%) cumplen todos los requerimientos sobre esta temática, que se centra fundamentalmente en el empleo efectivo de medios electrónicos para notificar a la ciudadanía sobre resoluciones dictadas y actos administrativos.
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