Una señora caminaba por una acera con el carrito de la compra cuando
otra, que salía del portal de su casa sin apercibirse de la presencia
de ésta, la derribó. La primera detalló las lesiones causadas y efectuó
sobre la segunda una reclamación de daños en base al artículo 1902 del
Código Civil.
La parte demandada expuso en el juicio que salió como siempre lo hace de su casa, sin prisa especial.
Considera la Sala en la presente resolución que si esto era así
"habitualmente la demandada sale en forma inadecuada de su casa" pues
"el golpe que recibió la demandada tuvo que ser fuerte para desplazarla
hasta la calzada, teniendo en cuenta que circulaba por la parte
interior de la acera".
La sentencia ratifica la resolución de instancia y condena a la persona
que salía del portal a indeminizar a la transeunte con 2700 euros.
Sentencia