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27/06/2025. 04:36:16
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Requiem por un Real Decreto-ley: ignorancia o patraña

Javier Fuertes

Magistrado. Doctor en Derecho

En el Boletín Oficial del Estado del 11 de septiembre aparecía la Resolución de 10 de septiembre de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales. Resolución que se insertaba en la sección Disposiciones generales y que bien podría haber aparecido en otra que, si bien no existe, tal vez debería existir. Desde aquí proponemos la creación en los Diarios Oficiales de un nuevo apartado bajo la denominación Necrológicas o, si se quiere una versión más tradicional, al tiempo que divulgativa, como podría ser la de Esquelas.

Y es que las normas, como las personas, son seres vivos que desarrollan su existencia entre nosotros. Vidas que pueden ser largas o cortas, pequeñas o gigantes, trascendentes o insignificantes.

El Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, nació (fue dado) el día 4 de agosto de 2020 en Madrid, tal y como figura en su hoja de inscripción registral (Boletín Oficial del Estado número 211 del miércoles 5 de agosto de 2010, Sección I, páginas 63716 – 63758). Al momento de su promulgación adquirió la naturaleza de norma con rango de ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución, si bien su propia pervivencia quedada condicionada a la convalidación por el Congreso de los Diputados.

La norma había nacido, y se incorporaba al ordenamiento jurídico, desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin tener que esperar a su convalidación. Quiere ello decir que desde ese momento y hasta que el Congreso negó su ratificación, lo que produjo su derogación, era una norma vigente y desplegó efectos jurídicos.

Porque es lo que pasó. Que el Gobierno, como autor de esa norma, no fue capaz de lograr los apoyos parlamentarios suficientes para mantener con vida al Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, que falleció (fue derogado) en la sesión del Congreso de los Diputados celebrada el día 10 de septiembre de 2020, deceso del que, como hemos visto, da cuenta el Diario Oficial.

Se podría pensar que todo ello había sido en vano. Que todo ese trabajo realizado por el presidente del Gobierno y sus ministros, por todas esas personas que habían colaborado en su realización, en llevarlo a las Cortes, en tramitarlo, había sido un esfuerzo baldío, inútil, improductivo e ineficaz. Pero quien piense así está totalmente equivocado. Ese trabajo ha florecido y, prueba de ello, es que ha puesto de manifiesto situaciones que, por su importancia y trascendencia no podemos ignorar.

En primer lugar, y como necesaria introducción, es preciso destacar que no es la primera vez que esto ocurre.  Esto mismo le sucedió, no hace demasiado tiempo, al Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, que tampoco logró la ratificación del Congreso de los Diputados (Resolución de 22 de enero de 2019).

Pero lo que conviene destacar es que, entre tanto, entre el 5 de agosto de 2020 y el 10 de septiembre, la norma estuvo viva y desplegó sus efectos. Los que se buscaban directamente, como eran todos los relativos a las finanzas de las entidades locales: destino del superavit, fondo de financiación, participación de las entidades locales en tributos del Estado, como todas esas previsiones que, ya que estamos, se incorporan al Real Decreto-ley. En este caso cuestiones como la no exigencia de la regla de gasto a las entidades locales (dispoción adicional segunda), el Régimen fiscal de la entidad organizadora de la final de la «UEFA Women’s Champions League 2020» y de los equipos participantes (disposición adicional tercera), el tipo impositivo (al 0 %) aplicable del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19 (disposición adicional cuarta), el régimen de bonificación del pago de aranceles notariales y del Registro de la Propiedad (disposición adicional quinta), las exenciones temporales relativas a los gasoductos de transporte con destino u origen en países no pertenecientes a la Unión Europea (disposición adicional sexta), el establecimiento de un plazo para acreditación de vivencia de pensionistas de clases pasivas residentes en el extranjero (disposición adicional séptima), la prórroga del artículo 9 del Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19 (disposición adicional octava), las cuestiones relativas al funcionamiento del fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas creado por Real Decreto Ley 25/2020 (disposición adicional novena), así como las previsiones que se efectuaban sobe ingresos procedentes de las subastas de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para el ejercicio 2020 (disposición adicional décima.). Todas estas previsiones mueren, y dejan de estar vigentes, con la derogación del Real Decreto-ley.

Pero, siendo importante todo ello, se ha revelado una consecuencia mayor que en modo alguno debe pasar desapercibida, como es el desconocimiento de nuestros responsables políticos que, durante semanas, han estado sosteniendo la posibilidad de negociar la redacción del texto (modificarlo, introducirle mejoras, matizar disposiciones, poner o quitar…) como posibilidad para ajustar su contenido. No hay posibilidad de enmienda, supresión, modificación o adición. Es un todo o nada. Un cara o cruz, en el que no es posible que la moneda caiga de canto.

Y, aunque nos duela, tenemos el deber de pensar que esa forma de actuar es fruto de su ignorancia porque la alternativa, la de pensar que esa forma de actuar lo era a sabiendas y con conocimiento del modo en el que se tramita un Real Decreto-ley… no puede ser y hemos de descartarla en todo caso.

Así pues, todo este debate no ha sido infructuoso. Nos ha demostrado que nuestros gobernantes son humanos, y que, aunque sea horrible admitirlo, también yerran.

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