STS (Sala de lo Penal) núm.1.068/2010 de 2 diciembre (RJ 2011, 274). Alevosía
La alevosía se caracteriza por el empleo de medios, modos o formas de asegurar la ejecución del delito, eliminando las posibilidades de defensa del agredido.
•Supuesto de hecho
Producir muerte por estrangulamiento, en situación de superioridad física (varón, 27 años, 1,82 metros de estatura y 80 kgs) respecto de su víctima (mujer, de 20 años, 1,66 metros de estatura y 56,600 kgs), sufriendo previamente ésta, golpes reiterados en diversas partes del cuerpo, causándole múltiples lesiones externas e internas.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, confirmando la Sentencia dictada por el Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra considera que procede condenar al acusado como autor de un delito de homicidio con agravante de abuso de superioridad, a la pena de doce años y seis meses de prisión.
•Criterio o ratio decidendi
El TS realiza un estudio de la esencia de la alevosía, caracterizándose por el empleo de medios, modos o formas de asegurar la ejecución del delito, eliminando las posibilidades de defensa del agredido.
Se desestima el recurso de casación interpuesto por los acusadores particulares y acusadores populares, entendiendo que por los hechos descritos en la sentencia no cabe apreciar la alevosía, no considerándose probado que la víctima tras la paliza recibida, se encontrara desvalida, como tampoco se encontraba en esa situación cuando el acusado le apretó el cuello hasta causarle la muerte por asfixia; por tanto no puede sostenerse que se produjo cualquiera de los supuestos de alevosía que determinan la absoluta indefensión de la víctima.
•Documentos relacionados
Confronta:
- STS (Sala de lo Penal), de 18 febrero 2002 (RJ 2002, 3182).
- STS (Sala de lo Penal), de 19 mayo 2000 (RJ 2000, 3531).
- SAP Badajoz, de 21 julio 2004 (ARP 2006, 735).
- SAP Álava, 20 de abril 2009 (ARP 2009, 1082).