Se confirma la sanción de 4 meses de suspensión de funciones al funcionario de las Cortes que facilitó que se grabaran sin permiso imágenes en el hemiciclo del “robo del escaño del Presidente del Gobierno” para una campaña publicitaria contra el hambre por constituir una falta grave de atentado contra la dignidad de las Cortes y sus funcionarios
- Supuesto de hecho
Un funcionario del Cuerpo de Asesores Facultativos de las Cortes Generales facilita la entrada al hemiciclo del Palacio de las Cortes a un grupo de personas para que graben un vídeo obteniendo el permiso del Departamento de Presa argumentando que eran familiares y las imágenes tenían un destino privado.
Una vez dentro, grabaron la simularon el robo del escaño del Presidente del Gobierno e incluyeron estas imágenes dentro de un vídeo publicitario de la ONU contra el hambre que fue difundido por distintos medios de comunicación. -
Criterio o ratio dicendi
Estima el Alto Tribunal que el juicio valorativo que hizo la Mesa del Congreso de los hechos es correcto y encaja en la tipificación de atentado contra la dignidad del Congreso.
Así queda probado que el funcionario sancionado facilitó la entrada al Congreso de forma ilegal, consiguió los permisos para poder filmar dentro del Salón de Plenos de forma engañosa e, incluso, vigilaba los pasillos mientras se procedía al filmación en su interior. Era también consciente que se quería hacer un video para la campaña contra el hambre de la ONU y que las personas que introducía en el Congreso eran videoartistas que trabajaban para una empresa de publicidad, por lo que era de prever que iban a realizar imágenes de impacto público. -
Documentos relacionados
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Normativa
aplicada
Art. 7.1 ñ), del Real Decreto 33/1986, de 10 enero (RCL 1986, 148).
Art. 69.1 b), del Acuerdo de 27 marzo 2006 (RCL 2006, 723).
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Normativa
aplicada