STS (Sala de lo Civil, Sección 1ª), sentencia núm. 314/2009, de 18 de mayo (RJ 2009, 3170) Propiedad intelectual.

La recepción o captación por un hotel de las señales de televisión y su retransmisión para uso de los clientes mediante televisores instalados en las habitaciones y zonas comunes es un acto de comunicación pública.
- Supuesto de hecho
Reclamación por comunicación pública de obras y grabaciones audiovisuales efectuada en hotel mediante la retransmisión de las imágenes televisivas a través de aparatos instalados en las habitaciones y en otros espacios disponibles. - Criterio o ratio decidendi
Es un acto de comunicación pública la recepción o captación por un establecimiento hotelero de las señales de televisión y su posterior distribución para uso de los clientes mediante aparatos televisores instalados en las habitaciones y zonas comunes. Irrelevancia del carácter público o privado del lugar en que se produce la comunicación. Las habitaciones de los hoteles no tienen carácter estrictamente doméstico. - Documentos relacionados:
Confronta en el mismo sentido:
- TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª), sentencia núm. 695/2008, de 10 julio (RJ 2008 4372)
- TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª), sentencia núm. 886/2007, de 17 julio (RJ 2007 5343)