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29/03/2024. 10:18:54

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El Supremo considera que grabar con cámara oculta no vulnera el honor

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Incluye la sentencia

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo considera que grabar imágenes con cámara oculta de José Luis López Fernández, representante de futbolistas, por parte de reporteros de «El Mundo TV», que emitieron Telecinco y Canal 9, no vulnera el honor de aquel, aunque sí el derecho a la propia imagen.

Un fotógrafo enfocando con una cámara.

Así se señala en una sentencia del Tribunal Supremo, después de que José Luis López Fernández interpusiera en el año 2004 una demanda contra Canal 9, Telecinco y "El Mundo TV" por un reportaje con cámara oculta denominado "El negocio del fútbol", en el que los reporteros hicieron creer a López Fernández, representante de jugadores, estar interesados en unas supuestas negociaciones para el fichaje de un jugador.

El juez falló a favor del demandante, acusando a las cadenas citadas y a la productora de infringir los derechos al honor, intimidad y propia imagen y condenando al pago conjunto de 6.000 euros y con la obligación de las dos cadenas de difundir la sentencia, a la cual pusieron recurso de apelación.

El juez de la sección primera de la Audiencia Provincial de Barcelona mantuvo en su fallo que los demandados habían infringido el derecho al honor y la propia imagen y condenándoles a 75.000 euros y a difundir la sentencia.

Un portavoz de Telecinco ha trasladado a EFE la "satisfacción" de la cadena "por la reducción de la cuantía" a pagar.

Canal 9 y Telecinco presentaron recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que considera en su sentencia que no se aprecia atentado al honor porque el reportaje reprodujo las palabras exactas de José Luis López, que las opiniones vertidas "carecen de un ánimo afrentoso" y porque "resultaba socialmente relevante".

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