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28/03/2024. 14:16:33

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Competencia para el enjuiciamiento de delitos en caso de concurso medial

Inés Larráyoz Sola
Área Laboral-Fiscal. Departamento de Desarrollo y Soluciones de Contenidos-Legal & T&A

Ac. TS, de 12 diciembre 2017. Incluye la sentencia

La Sala 2ª del Tribunal Supremo ha hecho público el Acuerdo de 12 de diciembre, sobre determinación de la competencia en el caso de concurso medial de delitos tras la nueva redacción del art. 77.3 del Código Penal.

Mazo

El citado Acuerdo establece que "en caso de concurso medial, cuando las penas de prisión señaladas en abstracto en cada uno de los delitos que integran el concurso no superen los cinco años de duración, aunque la suma de las previstas en una y otras infracciones excedan de esa cifra, la competencia para su enjuiciamiento corresponde al Juez de lo Penal".

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