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21/03/2025. 14:01:36
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El Supremo niega una indemnización por el cierre de una tienda de tabaco en Oiartzun

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Incluye la sentencia

Una mano apagando un cigarro en un cenicero en el que hay múltiples colillas.

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de una guipuzcoana que reclamaba más de un millón de euros por daños morales al haber tenido que cerrar la actividad de venta de tabaco con recargo que desarrollaba en un centro comercial de Oiartzun tras la entrada en vigor, en 2006, de la Ley Antitabaco. Así lo acordó el pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS en una sentencia, en la que confirma el acuerdo del Consejo de Ministros de denegarle en 2008 dicha cantidad «por no ser antijurídico el daño ocasionado por la aplicación de la ley».

La mujer reclamó en 2006 en concepto de responsabilidad patrimonial un millón de euros por los daños morales sufridos y 199.280 euros por los ocasionados por el cierre del establecimiento de «venta de objetos relacionados con el fumador», que contaba con dos trabajadores. A su juicio, se le impidió de modo «repentino y absolutamente imprevisible» el desarrollo de una actividad que hasta ese momento venía ejerciendo legalmente y que constituía su modo de vida y el de sus empleados. Además, alegó que la ley no prevé ninguna alternativa ni un periodo transitorio de adaptación ni compensación que le permita hacer frente a la pérdida de su negocio.

El TS concluye que la demandante pudo prever la repercusión económica que directa o indirectamente pudiera incidir en su negocio. «Los efectos efectos económicos (…) eran previsibles y se pudieron evitar», ya que el procedimiento de elaboración de la ley tuvo gran repercusión social.

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